La Ley Electoral del Estado de Chihuahua en su artículo 272 m inciso j) y l); en el Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral en su artículo 120 fracción I y en el Reglamento Interior de Órgano Interno de Control del Tribunal Estatal Electoral en su artículo 11 fracción I, otorga facultades al Órgano Interno de Control, para recibir quejas y denuncias por hechos presuntamente constitutivos de faltas administrativas de las personas servidoras públicas del Tribunal o de los particulares por conductas sancionables en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; investigar y calificar las faltas administrativas que detecte y sancionar aquellas distintas a las que son competencia del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, así como llevar a cabo las acciones que procedan conforme a las leyes aplicables
“El Órgano Interno de Control del TEE, le informa que, si desea presentar una denuncia relacionada con irregularidades cometidas en el desempeño de las funciones de las personas servidoras públicas del Tribunal, podrán hacerlo a través de los siguientes medios:”
De manera presencial o correspondencia
En las instalaciones que ocupa el Órgano Interno de Control del Tribunal Estatal Electoral, en Calle 33, número 1510, Colonia Santo Niño, C.P. 31200, Chihuahua, Chihuahua
Por correo electrónico:
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