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Expediente PES-83/2021

01_Forma y registra PES-83/2021

Chihuahua, Chihuahua; veinte de abril de dos mil veintiuno.

Vista la constancia y cuenta que remite el Secretario General en Funciones al Magistrado Presidente de este Tribunal, de las que se advierte el informe circunstanciado formulado con motivo del procedimiento especial sancionador incoado por Salvador Alcantar Acosta, en su carácter de representante propietario del Partido Revolucionario Institucional ante la Asamblea Municipal de La Cruz en contra de Adolfo Trillo Herrera, en carácter de Presidente Municipal de La Cruz, Sergio Luis Olvera Gallegos, Jesús Alfredo López Salcido, en su carácter de precandidatos del Partido Nueva Alianza Chihuahua y el Partido Nueva Alianza Chihuahua, por la presunta comisión de actos anticipados de campaña y promoción personalizada, consistentes en las presuntas manifestaciones realizadas ante medios de comunicación con la finalidad de posicionar a los precandidatos a Presidente Municipal, Sergio Luis Olvera Gallegos y a Síndico, Jesús Alfredo López Salcido, con el objeto de promocionarse y posicionarse en el electorado, conductas presuntamente violatorias a lo dispuestos en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los diversos artículos 257, numeral 1, incisos a), e) y h); 259, numeral 1, incisos a) y b); y 261, numeral 1, inciso b), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; con fundamento en los artículos 295 numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso c); 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción XIX y 31 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave PES-83/2021 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

SEGUNDO. Verificación. Previo a turnar el expediente para la revisión y resolución del procedimiento especial sancionador al Magistrado César Lorenzo Wong Meraz, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.

TERCERO. Informe. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a que haya lugar.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Informe y turno_PES-83/2021

Chihuahua, Chihuahua; primero de mayo de dos mil veintiuno.

 

Visto el informe suscrito por el Secretario General de este Tribunal, en relación con la verificación realizada al expediente en que se actúa; con fundamento en los artículos 292, 295, numeral 1, inciso a) y 3, inciso c); 299, numeral 2, inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 25, 26, fracción II del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Informe. Téngase a la Secretaría General dando cumplimiento a lo ordenado en el proveído de veinte de abril de la presente anualidad. Asimismo, anéxese el informe remitido a los autos del expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Turno. Conforme a lo señalado en el proveído de fecha veinte de abril del presente año, se turna el presente expediente al Magistrado César Lorenzo Wong Meraz, a quien por razón de orden alfabético corresponde la sustanciación y resolución del mismo, para que en el momento procesal oportuno se determina lo que conforme a derecho corresponda.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

03_Radicación PES-83/2021

Chihuahua, Chihuahua, a dos de mayo de dos mil veintiuno.

 

Vistos1) La documentación descrita en la constancia emitida por el Secretario General de este Tribunal, por medio de la que se da cuenta de la recepción del expediente al rubro indicado; y 2) el acuerdo emitido por el Magistrado Presidente, mediante el cual se turna a esta ponencia el expediente identificado con la clave PES-83/2021; y toda vez que no se advierten deficiencias u omisiones durante la etapa de investigación, se tiene que el presente expediente se encuentra en estado de resolución, por lo que con fundamento en los artículos 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 292, 295, numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso b), 297, numeral 1, inciso m) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, párrafo primero, fracción I, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y punto QUINTO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Radicación. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave PES-83/2021 y se acepta el mismo para los efectos procesales conducentes.

SEGUNDO. Estado de resolución. Toda vez que no existen más diligencias por desahogar, procédase a elaborar el proyecto de resolución correspondiente.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el magistrado instructor César Lorenzo Wong Meraz, ante el secretario general Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

04_Cierre y circula PES-83/2021

Chihuahua, Chihuahua; a dos de mayo de dos mil veintiuno.

 

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES-83/2021, y con fundamento en los artículos 297, numeral 1, incisos d) y m); de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 32 fracciones XVI y XVII, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Remítase a la Secretaría General de este órgano jurisdiccional el proyecto de resolución elaborado, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales a que haya lugar.

SEGUNDO. Se instruye al Secretario General de este Tribunal entregar copia del proyecto de resolución a los magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.

TERCERO. Se solicita al Magistrado Presidente que, en el término de ley, convoque al Pleno a sesión pública para la resolución del procedimiento en que se actúa.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el magistrado instructor César Lorenzo Wong Meraz, ante el secretario general Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

05_Convoca PES-83/2021

Chihuahua, Chihuahua; tres de mayo de dos mil veintiuno.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES-83/2021, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, segundo párrafo, del Reglamento Interior de este Tribunal, así como el acuerdo de veintiuno de abril, en donde se aprobó la implementación de videoconferencias para la resolución de los medios de impugnación, con motivo de la contingencia sanitaria por el virus del COVID-19, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las diecisiete horas con treinta minutos del lunes tres de mayo del presente año, a través del sistema de videoconferencia, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto. Lo anterior dada la urgencia de la resolución de los asuntos a tratar y con fundamento en el artículo 19 fracción segundo párrafo del reglamento interior de este Tribunal.

SEGUNDO. Entrega orden del día. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a los magistrados que integran este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante en el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre. DOY FE.

06_Sentencia PES-83/2021
07_CNP_Sergio Luis Olvera gallegos PES-83/2021
08_CN_Jesús Alfredo López Salcido PES-83_2021