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Expediente PES-145/2021

01_Forma y registra PES-145/2021

Chihuahua, Chihuahua; dos de mayo de dos mil veintiuno.

Vista la constancia y cuenta que remite el Secretario General al Magistrado Presidente de este Tribunal, de las que se advierte el informe circunstanciado formulado con motivo del procedimiento especial sancionador incoado por María Eugenia Campos Galván, en su doble carácter como ciudadana mexicana y candidata electa por el Partido Acción Nacional para ser postulada al cargo de gobernadora del estado de Chihuahua, en contra de Jorge Alfredo Lozoya Santillán, en su carácter de candidato a la Gubernatura  del estado de Chihuahua, al partido político Movimiento Ciudadano que lo postula y/o quien resulte responsable, por la presunta comisión de conductas que según el dicho de la denunciante, podrían ser constitutivos de violaciones a las normas sobre propaganda política electoral calumniosa, delitos electorales y, violencia política contra la mujer en razón de género; con fundamento en los artículos 295 numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso c); 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción XIX, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador y el Apartado CUARTO, párrafo segundo del Acuerdo General del Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua relativo a las reglas de turno de los expedientes por la terminación del encargo de dos Magistrados y por la nueva integración de dos Magistraturas, de fecha primero de diciembre del dos mil veinte; se

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese y Regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave PES-145/2021 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

SEGUNDO. Previo. Previo a turnar el expediente para la revisión y resolución del procedimiento especial sancionador por el Magistrado Hugo Molina Martínez, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.

TERCERO. Informe. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a que haya lugar.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma el magistrado presidente Julio César Merino Enríquez, ante el secretario general Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Informe y turno PES-145/2021

Chihuahua, Chihuahua; seis de mayo de dos mil veintiuno.

 

Visto el informe suscrito por el Secretario General de este Tribunal, en relación con la verificación realizada al expediente en que se actúa; con fundamento en los artículos 292, 295, numeral 1, inciso a) y 3, inciso c); 299, numeral 2, inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 25, 26, fracción II del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Informe. Téngase a la Secretaría General dando cumplimiento a lo ordenado en el proveído de dos de mayo de la presente anualidad. Asimismo, anéxese el informe remitido a los autos del expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Turno. Conforme a lo señalado en el proveído de fecha dos de mayo del presente año, se turna el presente expediente al Magistrado Hugo Molina Martínez, a quien por razón de orden alfabético corresponde la sustanciación y resolución del mismo, para que en el momento procesal oportuno se determine lo que conforme a derecho corresponda.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

03_Radicación y estado de resolución PES-145/2021

Chihuahua, Chihuahua, a diez de mayo de dos mil veintiuno.

 

Vistos: 1. La documentación descrita en la constancia emitida por el Secretario General de este Tribunal, de fecha primero de mayo de dos mil veintiuno, por medio de la que se da cuenta de la recepción del expediente al rubro indicado y cuadernillo incidental con la clave IEE-C-30/2021; y 2. El acuerdo emitido por el Magistrado Presidente el seis de mayo del presente año, mediante el cual se turna a esta ponencia el expediente identificado con la clave PES-145/2021, integrado con motivo de la denuncia presentada por María Eugenia Campos Galván en contra de Jorge Alfredo Lozoya Santillán y/o Partido Movimiento Ciudadano y/o quien resulte responsable; por la presunta comisión de conductas que pudieran constituir violaciones a las normas sobre propaganda política electoral calumniosa; delitos electorales; y violencia política contra la mujer en razón de género; 3. La documentación descrita en el oficio IEE-SE-801/2021 e IEE-SE-808/2021, emitida por el Encargado de Despacho de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Estatal Electoral;  y toda vez que conforme al informe rendido por la Secretaría General, así como del estudio de los autos no se advierte la necesidad de realizar una diligencia para mejor proveer, se considera que el presente expediente se encuentra en estado de resolución. Con fundamento en los artículos 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 288; 292; 295, numeral 3, incisos a) y c); 297, numeral 1, inciso m); de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, párrafo primero, fracción I, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; así como con los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

PRIMERO. Radicación. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave PES-145/2021 y se acepta el mismo para los efectos procesales conducentes.

SEGUNDO. Estado de resolución. Toda vez que no existen más diligencias por desahogar, se procede a elaborar el proyecto de resolución correspondiente.

NOTIFÍQUESE conforme a derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor Hugo Molina Martínez, ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

04_Circula PES-145/2021

Chihuahua, Chihuahua; catorce de mayo de dos mil veintiuno.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES-145/2021, con fundamento en los artículos 297, numeral 1, incisos d) y m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18; 19, fracción I; 32, fracciones XVI y XVII; y 113, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal proyecto de resolución elaborado en el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de resolución a la y los magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quién realiza la propuesta.

SEGUNDO. Se solicita al Magistrado Presidente que convoque al Pleno a sesión pública para la resolución del procedimiento en que se actúa.

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor Hugo Molina Martínez ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

05_Convoca PES-145/2021

Chihuahua, Chihuahua; catorce de mayo de dos mil veintiuno.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES-145/2021, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, así como el acuerdo de veintiuno de abril, en donde se aprobó la implementación de videoconferencias para la resolución de los medios de impugnación, con motivo de la contingencia sanitaria por el virus del COVID-19, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las ocho horas con treinta minutos del quince de mayo del presente año, a través del sistema de videoconferencia, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Entrega orden del día. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la Magistrada y Magistrados que integran este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante en el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre. DOY FE.

06_Sentencia PES-145/2021
07_Presentación JE PES-145/2021

Chihuahua, Chihuahua; diecinueve de mayo de dos mil veintiuno.

Visto el escrito presentado por Jorge Alfredo Lozoya Santillán y Francisco Adrián Sánchez Villegas, el primero con su carácter de candidato al cargo de Gobernador del Estado de Chihuahua por el Partido Movimiento Ciudadano y el segundo en su carácter de Coordinador Estatal del Partido Movimiento Ciudadano, mediante el cual interpone juicio electoral en contra de la sentencia dictada por este Órgano Jurisdiccional en el expediente identificado con la clave PES-145/2021; con fundamento en los artículos 17 y 18 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; y 26, fracción VIII del Reglamento Interior de este órgano jurisdiccional electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Téngase por recibido el escrito y agréguese copia certificada del mismo a los autos del expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Se ordena dar aviso vía electrónica a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la presentación del juicio referido; en su oportunidad agréguese a los autos del presente expediente el acuse correspondiente.

TERCERO. Hágase del conocimiento público la presentación del escrito por el que se interpone el juicio en comento, adjuntando un ejemplar del medio de impugnación a la cédula que se fije en los estrados de este Tribunal por el término de setenta y dos horas, con la finalidad de que los interesados comparezcan en dicho plazo y aleguen lo que a su interés convenga.

CUARTO. Se instruye a la Secretaria General de este órgano jurisdiccional para que rinda el informe circunstanciado en los términos de lo dispuesto por el artículo 18, numeral 2 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

QUINTO. Remítase en términos del artículo 18, numeral 1 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, demanda de juicio de antecedentes, el informe circunstanciado señalado, así como el expediente que contiene la resolución impugnada, previa copia certificada que autorice la Secretaria General de este Tribunal de dicho expediente y con este, fórmese y regístrese cuadernillo en el libro de gobierno respectivo.

SEXTO. Una vez transcurrido el plazo de setenta y dos horas que prescribe el artículo 17, numeral 1, inciso b), de la ley antes citada, remítase por la vía más expedita, si es el caso, los escritos que se hubieran recibido en relación a este asunto o en su defecto la certificación que expida la Secretaria General si en dicho término no fue presentado escrito alguno. Infórmese lo anterior vía correo electrónico a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el magistrado presidente Julio César Merino Enríquez ante el secretario general, Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

08_Recepción y archivo PES-145/2021

Chihuahua, Chihuahua; once de junio de dos mil veintiuno.

 

Vista la cuenta que remite la Secretaría General al suscrito Magistrado Presidente, de la que se advierte la cédula de notificación electrónica signada por Paola Elena García Marú, a través de la cual se notifica la sentencia de dos de junio de la presente anualidad dictada dentro del expediente SUP-JE-113/2021, el cual guarda relación con el expediente en que se actúa; así como el oficio de devolución de documentos signado por Ana Karen Ruiz Rojas, a través del cual se remite el expediente PES-145/2021 del índice de este órgano jurisdiccional; con fundamento en los artículos 297, inciso m) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XV y XIX; 27 fracciones I y III y 32 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Recepción de documentos. Se tiene por recibida la documentación a la que se hace referencia, por tanto, se ordena agregar la misma y sus anexos al expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.

SEGUNDO. Archivo. Derivado de la notificación de la sentencia emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial, así como la devolución de las constancias del expediente a que se hace referencia, archívese el presente como asunto total y definitivamente concluido.

 

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

09_Recepción documentos y copia certificada PES-145/2021

Chihuahua, Chihuahua; treinta y uno de octubre de dos mil veintidós.

 

Vista la cuenta que remite la Secretaría General a la suscrita Magistrada Presidenta, de la que se advierte el oficio de clave UEIPDE-104/2022, remitido por la Unidad Especializada en Investigación y Persecución en Materia de Delitos Electorales de la Fiscalía General del Estado de Chihuahua; con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracción XIX; 27 fracción III y 32, fracción IV del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Agréguese documentación. Téngase por recibido el oficio y agréguese a los autos del presente expediente.

SEGUNDO. Copia certificada. Como lo solicita, expídase copia certificada de la resolución recaída dentro del expediente de clave PES-145/2021 requerida en el escrito de cuenta y remítase mediante oficio a la Unidad Especializada en Investigación y Persecución en Materia de Delitos Electorales de la Fiscalía General del Estado de Chihuahua.

 

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.