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Expediente PES-233/2021

01_Forma y registra PES-233/2021

Chihuahua, Chihuahua; ocho de junio de dos mil veintiuno.

Vista la constancia y cuenta que remite el Secretario General al Magistrado Presidente de este Tribunal, de las que se advierte el informe circunstanciado formulado con motivo del procedimiento especial sancionador incoado por María Dora Isela Sosa, en su carácter de representante propietario del Partido Acción Nacional ante la Asamblea Municipal de Camargo de este Instituto, en contra de Arturo Rey Valles, en su calidad de candidato a Presidente Municipal de Camargo, por el partido político Movimiento Ciudadano, así como en contra del mismo partido que lo postula y/o quien resulte responsable; con fundamento en los artículos 295 numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso c); 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción XIX, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese expediente y regístrese con la clave PES-233/2021 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

SEGUNDO. Previo a turnar el expediente para la revisión y resolución del procedimiento especial sancionador al Magistrado Hugo Molina Martínez, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.

TERCERO. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a que haya lugar.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma el magistrado presidente Julio César Merino Enríquez, ante el secretario general Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Turno PES-233/2021

Chihuahua, Chihuahua; diecisiete de junio de dos mil veintiuno.

Visto el informe, suscrito por el Secretario General de este Tribunal, en relación con la verificación realizada al expediente en que se actúa; con fundamento en los artículos 292, 295, numerales 1, inciso a) y 3, inciso c); 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 25, 26, fracción II, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

PRIMERO. Téngase a la Secretaría General dando cumplimiento a lo ordenado en el proveído del ocho de junio del presente año. Asimismo, anéxese el informe remitido a los autos del expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Conforme a lo señalado en el proveído dictado el ocho de junio del presente año, se turna el presente expediente el Magistrado Hugo Molina Martínez, a quien por razón de orden alfabético corresponde la sustanciación y resolución del mismo, para que en el momento procesal oportuno se determine lo que conforme a derecho corresponda.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma el magistrado presidente Julio César Merino Enríquez, ante el secretario general Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

03_Radicación cierre y circula PES-233/2021

Chihuahua, Chihuahua, a diecisiete de junio de dos mil veintiuno.[1]

 

Visto el acuerdo emitido por el Magistrado Presidente, de esta misma fecha, mediante el cual se turna a esta ponencia el expediente PES-233/2021, del índice de este Tribunal, integrado con motivo de la denuncia presentada por María Dora Isela Ramírez Sosa, en su carácter de Representante Propietaria del Partido Acción Nacional ante la Asamblea Municipal de Camargo, en contra de Arturo Rey Valles, otrora candidato, del Partido Movimiento Ciudadano, a Presidente Municipal de Camargo, por contravenciones a las normas sobre propaganda política electoral, con la difusión en redes sociales de propaganda electoral, a través de un video, donde se desprende la aparición de menores de edad.

CONSIDERANDO:

ÚNICO. - Toda vez que, conforme al informe rendido por la Secretaría General, así como del estudio de los autos, no se advierte la necesidad de realizar alguna diligencia, se considera que el presente expediente se encuentra en estado de resolución.

Por lo anterior, con fundamento en los artículos 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 292, 295, numeral 3), incisos a) y c), 297, numeral 1), inciso d), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y, 27, párrafo primero, fracción I, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; se

ACUERDA:

PRIMERO. Radicación. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave PES-233/2021 y se acepta el mismo para los efectos procesales conducentes.

SEGUNDO. Estado de resolución. Toda vez que no existen más diligencias por desahogar, se procede a elaborar el proyecto de resolución correspondiente.

TERCERO. Circulación del proyecto de resolución. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal el proyecto de resolución elaborado en el expediente en que se actúa, para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le instruye entregar copia del proyecto de resolución a la Magistrada y los Magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional, para su estudio, con excepción del suscrito, quién realiza la propuesta.

 

CUARTO. Convocatoria a sesión del Pleno a distancia. Solicítese al Magistrado Presidente que, en el término de ley, se convoque a sesión del Pleno, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

NOTIFÍQUESE conforme a derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor Hugo Molina Martínez, ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] En adelante todas las fechas que se mencionan se refieren al año dos mil veintiuno, salvo precisión en contrario.

04_Convoca PES-233/2021

Chihuahua, Chihuahua; dieciocho de junio de dos mil veintiuno.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES-233/2021, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, así como el acuerdo de veintiuno de abril, en donde se aprobó la implementación de videoconferencias para la resolución de los medios de impugnación, con motivo de la contingencia sanitaria por el virus del COVID-19, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las doce horas del diecinueve de junio del presente año, a través del sistema de videoconferencia, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Entrega orden del día. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la Magistrada y Magistrados que integran este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante en el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre. DOY FE.

05_Sentencia PES-233/2021
06_Agréguese documentación PES-233/2021

Chihuahua, Chihuahua; diecinueve de junio de dos mil veintiuno.

 

 

Vista la constancia y cuenta remitida por el Secretario General de este Tribunal, mediante la cual se hace constar la presentación del oficio IEE-SE-1359/2021, signado por Carlos Alberto Morales Medina Encargado de Despacho de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual remite la documentación descrita en el oficio en mención; con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

ACUERDA:

 

ÚNICO. Agréguese la documentación de cuenta a los autos del expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.

 

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

Así lo acordó y firma el magistrado presidente Julio César Merino Enríquez ante el secretario general Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

 

 

07_CNP_Maria Dora Isela Ramirez Sosa PES-233/2021
08_Presentación de JRC PES-233/2021

Chihuahua, Chihuahua; veinticinco de junio de dos mil veintiuno.

Vista la cuenta y el escrito signado por Javier Alejandro Gómez Vidal, en su carácter de representante propietario del Partido Movimiento Ciudadano ante el Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, mediante el cual interpone juicio de revisión constitucional en contra de la sentencia dictada por este Órgano Jurisdiccional en el expediente PES-233/2021; con fundamento en los artículos 17, 18 y 90 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; y 26, fracción VIII del reglamento interior de este órgano jurisdiccional electoral, se:

ACUERDA:

PRIMERO. Téngase por recibido el escrito y agréguese copia certificada del mismo a los autos del expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Se ordena dar aviso vía electrónica a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la presentación del juicio referido; en su oportunidad agréguese a los autos del presente expediente el acuse correspondiente.

TERCERO. Hágase del conocimiento público la presentación del escrito por el que se interpone el juicio en comento, adjuntando un ejemplar del medio de impugnación a la cédula que se fije en los estrados de este Tribunal por el término de setenta y dos horas, con la finalidad de que los interesados comparezcan en dicho plazo y aleguen lo que a su interés convenga.

CUARTO. Se instruye a la Secretaria General de este órgano jurisdiccional para que rinda el informe circunstanciado en los términos de lo dispuesto por los artículos 18, numeral 2 y 90, numeral 1, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

QUINTO. Remítase de inmediato a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, demanda de juicio de antecedentes, el informe circunstanciado señalado, así como el expediente que contiene la resolución impugnada, previa copia certificada que autorice la Secretaria General de este Tribunal de dicho expediente y con este, fórmese y regístrese cuadernillo en el libro de gobierno respectivo.

SEXTO. Una vez transcurrido el plazo de setenta y dos horas que prescribe el artículo 17, numeral 1, inciso b), de la ley antes citada, remítase por la vía más expedita, si es el caso, los escritos que se hubieran recibido con relación a este asunto o en su defecto la certificación que expida la Secretaria General si en dicho término no fue presentado escrito alguno.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el magistrado presidente Julio César Merino Enríquez ante el secretario general, Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

09_Recepción y archívese PES-233/2021

Chihuahua, Chihuahua; catorce de diciembre de dos mil veintiuno.

Vista la cuenta que remite el encargado de la Secretaría General al suscrito Magistrado Presidente, de la cual se advierte la NOTIFICACIÓN POR OFICIO MEDIANTE MENSAJERÍA ESPECIALIZADA remitida por María Guadalupe González Aviña, Actuaria Regional de Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mediante la cual notifica a este Tribunal, en calidad de autoridad responsable, el acuerdo dictado el veinticinco de noviembre de la presente anualidad por el Magistrado Jorge Sánchez Morales, Presidente de la Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el expediente identificado con la clave SG-JE-86/2021, vinculado con el expediente PES-233/2021, del índice de este órgano jurisdiccional; con fundamento en los artículos 297, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX; y 27 fracciones I y III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

 

ÚNICO. Se tiene por recibida la notificación a la que se hace referencia, por tanto, téngase como devuelto el expediente en que se actúa, archívese como asunto total y definitivamente concluido. Lo anterior para los efectos legales conducentes.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el magistrado presidente Julio César Merino Enríquez, ante el encargado de la secretaría general Luis Ramón Ramos Valenzuela, con quien actúa y da fe. DOY FE.

10_Agréguese PES-233/2021

Chihuahua, Chihuahua, a dieciséis de febrero de dos mil veintiuno

Vista la cuenta remitida por el Secretario General de este Tribunal, mediante la cual se hace constar la presentación del oficio IEE-SE-039/2022, signado por Arturo Muñoz Aguirre, Encargado del Despacho de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual remite la documentación descrita en el oficio en mención; con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

 

ACUERDA:

ÚNICO. Agréguese la documentación de cuenta a los autos del expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

 

11_Agréguese documentación PES-233/2021

Chihuahua, Chihuahua, a quince de agosto de dos mil veintidós.

Vista la cuenta remitida por el Secretario General de este Tribunal, mediante la cual se hace constar la presentación del oficio IEE-DJ-OA-365/2022, signado por César Ruiz Olivas, Funcionario Habilitado con Fe Pública del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, mediante el cual remite la documentación descrita en el oficio en mención; con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se

ACUERDA:

ÚNICO. Agréguese. Agréguese la documentación de cuenta a los autos del expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.