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Expediente JIN-319/2021

01_Forma registra y turno JIN-319/2021

Chihuahua, Chihuahua; veintitrés de junio de dos mil veintiuno.

Vista la constancia y cuenta que remite el Secretario General al Magistrado Presidente de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado relativo al juicio inconformidad promovido por Rubén Aguilar Jiménez, en su carácter de representante del Partido del Trabajo, en contra del cómputo distrital y la declaración de validez correspondiente al distrito 14; con fundamento en el artículo 295, numeral 1, inciso a), numeral 3, inciso b) y 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 96, numeral 1, fracción II, 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese expediente con la clave JIN-319/2021 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

SEGUNDO. Turno. Se turna el expediente en que se actúa para la sustanciación y resolución al Magistrado Jacques Adrián Jácquez Flores, al guardar relación con el diverso JIN-298/2021, el cual fue turnado para los mismos efectos a su ponencia.

TERCERO. Agréguese. Agreguénse las constancias originales que integran el expediente identificado con la clave Cuadernillo-208/2021, previa copia certificada, al presente asunto por ser necesarias para la correcta sustanciación de este.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Admisión y requerimiento JDC-319/2021
03_Incumplimiento PT JIN-319/2021

Chihuahua, Chihuahua; a tres de julio del dos mil veintiuno.

VISTOS: el acuerdo de veintinueve de junio de dos mil veintiuno, emitido por esta ponencia, como parte en el expediente de clave JIN-319/2020 de este Tribunal, así como los oficios de notificación rendido Jesús Armando Hernández Gameros, funcionario habilitado con fe pública del Instituto Estatal Electoral del Estado de Chihuahua, mismo que obra en dicho expediente, por el cual se notificó al Partido del Trabajo, así como al Partido Acción Nacional, el acuerdo anteriormente descrito; con fundamento en los articulos 295 numerales 1,2,3, inciso b) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua.

ACUERDA:

UNICO. Se le tiene por incumplido a la parte actora, así como al tercero interesado, el requerimento en cual se les solicita documentación electoral, relativa a distintas casillas impugnadas del distrito catorce.

Así lo acordó y firma el magistrado instructor Jacques Adrián Jácquez Flores, ante el secretario general Arturo Muñoz Aguirre, con quién actúa y da fe.

Acumulado