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Expediente JDC-114/2021

01_Forma registra y turno JDC-114/2021

Chihuahua, Chihuahua; veintidós de abril de dos mil veintiuno.

Vista la constancia y cuenta que remite el Secretario General al Magistrado Presidente de este Tribunal, de las cuales se advierte el medio de impugnación promovido por Xóchitl Itzel Flores Olave, en contra de la resolución de la Asamblea Municipal de Juárez del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, en relación con las solicitudes de registro de candidatas y candidatos al cargo de integrantes del Ayuntamiento de Juárez, de clave IEE-AM037-37/2021; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso a), numeral 3, inciso b) y 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 96 y 97 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y su cuadernillo accesorio; y regístrese con la clave JDC-114/2021 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

 

SEGUNDO. Turno. Se turna el expediente en que se actúa al Magistrado César Lorenzo Wong Meraz, para la sustanciación y resolución de este, al tener relación con el diverso expediente RAP-97/2021 que le fue turnado para los mismos efectos a su ponencia.

TERCERO. Agréguese. Agreguénse las constancias originales que integran el expediente identificado con la clave Cuadernillo-69/2021 al presente asunto por ser necesarias para la correcta sustanciación de este.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Admisión JDC-114/2021
03_Cierre y circula JDC-114/2021

Chihuahua, Chihuahua; tres de mayo de dos mil veintiuno.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JDC-114/2021, con fundamento en los artículos 297, numeral 1, incisos d) y m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18; 19, fracción I; 32, fracciones XVI y XVII; y 113, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. En virtud de que no existe diligencia alguna por desahogar, ni requerimiento por formular, y dado que el expediente en que se actúa se encuentra debidamente sustanciado, SE DECLARA CERRADA LA ETAPA DE INSTRUCCIÓN, y se deja en estado de resolución el expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal proyecto de resolución elaborado en el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de resolución a los magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quién realiza la propuesta.

TERCERO. Se solicita al Magistrado Presidente que, en el término de ley, convoque al Pleno a sesión pública para la resolución del juicio en que se actúa.

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

Así lo acordó y firma el magistrado instructor César Lorenzo Wong Meraz ante el secretario general Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

04_Convoca JDC-114/2021

Chihuahua, Chihuahua; tres de mayo de dos mil veintiuno.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JDC-114/2021, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, segundo párrafo, del Reglamento Interior de este Tribunal, así como el acuerdo de veintiuno de abril, en donde se aprobó la implementación de videoconferencias para la resolución de los medios de impugnación, con motivo de la contingencia sanitaria por el virus del COVID-19, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las diecisiete horas con treinta minutos del lunes tres de mayo del presente año, a través del sistema de videoconferencia, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto. Lo anterior dada la urgencia de la resolución de los asuntos a tratar y con fundamento en el artículo 19 fracción segundo párrafo del reglamento interior de este Tribunal.

SEGUNDO. Entrega orden del día. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a los magistrados que integran este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante en el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre. DOY FE.

05_Sentencia JDC-114/2021
06_Presentación JDC JDC-114/2021

Chihuahua, Chihuahua; nueve de mayo de dos mil veintiuno.

Visto el escrito presentado por Gerardo Cortinas Murra, en su carácter de apoderado legal de la C. Xóchitl Itzel Flores Olave, mediante el cual interpone juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano en contra de la sentencia dictada por este Órgano Jurisdiccional en el expediente identificado con la clave JDC-114/2021; con fundamento en los artículos 17 y 18 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; y 26, fracción VIII del Reglamento Interior de este órgano jurisdiccional electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Téngase por recibido el escrito y agréguese copia certificada del mismo a los autos del expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Se ordena dar aviso vía electrónica a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la presentación del juicio referido; en su oportunidad agréguese a los autos del presente expediente el acuse correspondiente.

TERCERO. Hágase del conocimiento público la presentación del escrito por el que se interpone el juicio en comento, adjuntando un ejemplar del medio de impugnación a la cédula que se fije en los estrados de este Tribunal por el término de setenta y dos horas, con la finalidad de que los interesados comparezcan en dicho plazo y aleguen lo que a su interés convenga.

CUARTO. Se instruye a la Secretaria General de este órgano jurisdiccional para que rinda el informe circunstanciado en los términos de lo dispuesto por el artículo 18, numeral 2 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

QUINTO. Remítase en términos del artículo 18, numeral 1 a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, demanda de juicio de antecedentes, el informe circunstanciado señalado, así como el expediente que contiene la resolución impugnada, previa copia certificada que autorice la Secretaria General de este Tribunal de dicho expediente y con este, fórmese y regístrese cuadernillo en el libro de gobierno respectivo.

SEXTO. Una vez transcurrido el plazo de setenta y dos horas que prescribe el artículo 17, numeral 1, inciso b), de la ley antes citada, remítase por la vía más expedita, si es el caso, los escritos que se hubieran recibido en relación a este asunto o en su defecto la certificación que expida la Secretaria General si en dicho término no fue presentado escrito alguno. Infórmese lo anterior vía correo electrónico a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el magistrado presidente Julio César Merino Enríquez ante el secretario general, Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

07_Copia certificada JDC-114/2021

Chihuahua, Chihuahua; doce de mayo de dos mil veintiuno.

 

Vista la cuenta que remite la Secretaría General al suscrito Magistrado Presidente, de la que se advierte el escrito presentado por Gerardo Cortinas Murra, mediante el cual solicita copia certificada del expediente identificado con la clave JDC-43/2021; con fundamento en los artículos 297, inciso m) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracción XIX; 27 fracción III y 32, fracción IV del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Recepción de documentos. Se tiene por recibida la documentación a la que se hace referencia, por tanto, se ordena agregar la misma al expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.

SEGUNDO. Solicitud de copia certificada. Derivado de la pretensión del promovente, expídase copia certificada de la documentación solicitada y anéxense dichas constancias al escrito de referencia correspondiente al expediente que al rubro se indica.

 

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

08_Agréguese y archivo JDC-114/2021

Chihuahua, Chihuahua; a treinta de agosto de dos mil veintidós.

Vista la cuenta que remite la Secretaría General a la suscrita Magistrada Presidenta, de las que se advierten las notificaciones efectuadas por Juan Emmanuel González Martínez y Alfredo Gallegos Gutiérrez, Actuarios de Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mediante las cuales notifican a este Tribunal, la sentencia dictada el seis de mayo de dos mil veintiuno por la Magistrada Gabriela Eugenia del Valle Pérez, Presidenta Interina de dicha Sala Regional; así como el acuerdo de veinticinco de agosto de dos mil veintidós, ambos dentro del expediente identificado con la clave SG-JDC-456/2021, vinculado con el diverso JDC-114/2021 del índice de este órgano jurisdiccional; con fundamento en los artículos 297, inciso m) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Recepción de documentos. Se tiene por recibida la documentación a la que se hace referencia, por tanto, se ordena agregar la misma y sus anexos al expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.

SEGUNDO. Cuadernillo. Agréguense las constancias originales que integran el cuadernillo de clave C-105/2021, formado con motivo de la impugnación del presente expediente; previa copia certificada que se anexe al mismo.

TERCERO. Archivo. Derivado de la notificación de la sentencia emitida dentro del expediente SG-JDC-456/2021, por medio de la cual se modifica la resolución combatida; así como la devolución de los autos del expediente de clave JDC-114/2021, archívese el presente asunto como total y definitivamente concluido.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.