614 413 4903 614 413 6450 gabrielsepulveda@techihuahua.org.mx

Expediente JIN-359/2021

01_Forma registra y turno JIN-359/2021

Chihuahua, Chihuahua; a ventiséis de junio de dos mil veintiuno.

Vista la constancia y cuenta del Secretario General que remite al Magistrado Presidente de este Tribunal, de las cuales se advierte que el Secretario de la Asamblea Municipal de Juárez del Instituto Estatal Electoral, envía medio de impugnación según lo manifestado en su informe circunstanciado, promovido por Edwin Jahir Aldama Moreno, en su carácter de representante propietario del Partido Nueva Alianza Chihuahua  en contra de la elección del distrito electoral local 05; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso a), numeral 3, inciso b) y 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 96, 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

 

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave JIN-359/2021 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

 

SEGUNDO. Turno. Se turna el expediente en que se actúa al Magistrado Hugo Molina Martínez, para la sustanciación y resolución de este,al tener relación con el diverso expediente JIN-349/2021 que le fue turnado para los mismos efectos a su ponencia.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el magistrado presidente Julio César Merino Enríquez, ante el secretario general Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Recepción JIN-359/2021

Chihuahua, Chihuahua, a primero de julio de dos mil veintiuno.[1]

VISTOS:

 

  1. La constancia del veinticuatro de junio, por la que el Secretario General de este Tribunal, recibe la documentación que integra el presente expediente;
  2. La cuenta del día veintiséis de junio, dada al Magistrado Presidente de este Tribunal, respecto a la recepción de la documentación antes relatada; y
  3. El acuerdo del Magistrado Presidente, de fecha veintiséis de junio, por el que se ordena registrar el expediente de clave JIN-359/2021, y turnarlo a esta ponencia.

Con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero; así como el 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 293, numerales 1 y 2; 295, numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso b); 297, numeral 1, incisos d) y m); 299, numeral 2, inciso u); 302; 308, numeral 1; 317, numeral 1, inciso f); 330, numeral 1, inciso b); 331, numeral 5 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 27, párrafo primero, fracción I, y 109, numeral 1, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

  1. RECEPCIÓN. Se tiene por recibido en esta ponencia, el expediente de clave JIN-359/2021, para los efectos legales conducentes.

  1. ACTOR. Se reconocepersonalidad a Edwin Jahir Aldama Moreno, como representante del Partido Nueva Alianza Chihuahua, ante el Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral.

  1. DOMICILIO. Se tiene señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones y todo tipo de documentos, el indicado en el escrito de demanda.

NOTIFÍQUESE, en términos de ley.

Así lo acordó y firma el magistrado Hugo Molina Martínez, ante Arturo Muñoz Aguirre, Secretario General, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veintiuno, salvo se especifique lo contrario.

03_Admisión JIN-359/2021
04_Cumplimiento JIN-359/2021

JUICIO DE INCONFORMIDAD

EXPEDIENTE: JIN-359/2021

ACTOR: PARTIDO NUEVA ALIANZA DE CHIHUAHUA

AUTORIDAD RESPONSABLE: ASAMBLEA MUNICIPAL DE JUÁREZ DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL

MAGISTRADO INSTRUCTOR: HUGO MOLINA MARTÍNEZ

 

 

Chihuahua, Chihuahua, a veintitrés de julio de dos mil veintiuno.[1]

VISTA: 1. La cuenta emitida por el Secretario General, por medio de las cuales hace constar la recepción de documentación remitida por el Instituto Estatal Electoral relativa al expediente en el que se actúa.

Con fundamento en los artículos 36, párrafos tercero y cuarto; así como el 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 293, numerales 1 y 2; 295, numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso b); 297, numeral 1, incisos d) y m); 299, numeral 2, inciso u); 303, numeral 1, inciso c); 308, numeral 1, incisos a) al h); 317; 325, numeral 1; 330, numeral 1, inciso b); 331, numeral 5; 375, numeral 1y 376, numeral 1, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 26; 27, párrafo primero, fracción I, y 103, numeral 1 y 109, numeral 1, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

ÚNICO. CUMPLIMIENTO DE REQUERIMIENTO. Se tiene al Instituto Estatal Electoral dando cumplimiento en tiempo y forma al requerimiento formulado mediante el acuerdo de fecha catorce de julio.

 

NOTIFÍQUESE, en términos de ley.

Así lo acordó y firma, el magistrado Hugo Molina Martínez, ante Arturo Muñoz Aguirre, Secretario General, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] Las fechas a las que se hace referencia en el presente acuerdo corresponden al año dos mil veintiuno, salvo se especifique lo contrario.

Acumulado