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Expediente JIN-444/2021

01_Forma registra y turno JIN-444/2021

Chihuahua, Chihuahua; veinticuatro de julio de dos mil veintiuno.

Vista la constancia y cuenta que remite el Secretario General al Magistrado Presidente de este Tribunal, de las cuales se advierte el informe circunstanciado relativo al juicio inconformidad promovido por Carlos Orona Gallegos, en su carácter de candidato postulado como regidor propietario en segunda fórmula para el Ayuntamiento de Saucillo por la coalición “Juntos Haremos Historia en Chihuahua” ante la Asamblea Municipal de Saucillo, en contra de la resolución de dicha Asamblea identificada bajo el numeral IEE/AM062/081/2021; con fundamento en el artículo 295, numeral 1, inciso a), numeral 3, inciso b) y 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 96, numeral 1, fracción II, 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese expediente con la clave JIN-444/2021 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

SEGUNDO. Turno. Por razón de orden alfabético se turna el expediente en que se actúa al Magistrado Jacques Adrián Jácquez Flores, para la sustanciación y resolución del mismo.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

02_Admisión y acumulación JIN-444/2021 y acumulado
03_Cierre y circula JIN-444/2021 y acumulado

JIN-444/2021 y su acumulado JIN-445/2021

 

Chihuahua, Chihuahua; a doce de agosto del dos mil veintiuno.

VISTOS: 1. La constancia de recepción y cuenta emitida por el Secretario General de este Tribunal, el veinticuatro de julio de dos mil veintiuno, en relación al juicio de inconformidad promovido por Carlos Orona Gallegos, así como el juicio de inconformidad promovido por Carlos Orona Gallegos e Iván Eduardo Bejarano Ortega; 2. El acuerdo de misma fecha por el que el Magistrado Presidente de este órgano jurisdiccional forma, registra y turna a esta ponencia los expedientes en que se actúa con la clave JIN-444/2021 y JIN-445/2021, respectivamente; 3. El acuerdo de fecha veintiocho de julio por el que se admiten los juicios de inconformidad. Con fundamento en los artículos 297, numeral 1, inciso m), 299, numeral 2, inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 17, fracción XXIV, 18; 19, fracción I, 32, fracciones XVI y XVII; del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA

 

PRIMERO. En virtud de que no existe diligencia alguna por desahogar, ni requerimiento por formular, y dado que el expediente en que actúa se encuentra debidamente sustanciado, se declara cerrada la etapa de instrucción, y se deja en estado de resolución en que se actúa.

SEGUNDO. Remítase a Secretaría General de este Tribunal el proyecto de sentencia elaborado en los expedientes en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto a los Magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza su propuesta.

TERCERO. Se solicita al Magistrado Presidente que convoque al Pleno a sesión pública para la discusión y en su caso, aprobación del proyecto de sentencia.

NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.

Así lo acordó y firma el magistrado instructor Jacques Adrián Jácquez Flores ante el secretario general Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

 

04_Convoca JIN-444/2021

Chihuahua, Chihuahua; doce de agosto de dos mil veintiuno.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JIN-444/2021 y su acumulado JIN-445/2021, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, así como el acuerdo de veintiuno de abril, en donde se aprobó la implementación de videoconferencias para la resolución de los medios de impugnación, con motivo de la contingencia sanitaria por el virus del COVID-19, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las catorce horas del viernes trece de agosto del presente año, a través del sistema de videoconferencia, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la Magistrada y Magistrados que integran este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante en el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre. DOY FE.

05_Convoca JIN-444/2021 y acumulado

Chihuahua, Chihuahua; dieciséis de agosto de dos mil veintiuno.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JIN-444/2021 y su acumulado JIN-445/2021, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, así como el acuerdo de veintiuno de abril, en donde se aprobó la implementación de videoconferencias para la resolución de los medios de impugnación, con motivo de la contingencia sanitaria por el virus del COVID-19, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las dieciocho horas del martes diecisiete de agosto del presente año, a través del sistema de videoconferencia, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la Magistrada y Magistrados que integran este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante en el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre. DOY FE.

06_Sentencia JIN-444/2021 y acumulado
07_Voto Particular SRGM CLWM JIN-444/2021
08_Recepción documentos JIN-444/2021 y acumulado

Chihuahua, Chihuahua; veintitrés de agosto de dos mil veintiuno.

 

Vista la cuenta que remite la Secretaría General al suscrito Magistrado Presidente, de la que se advierte oficio de clave IEE-DJ-422/2021 signado por Luis Eduardo Gutiérrez Ruíz, Encargado del Despacho de la Dirección Jurídica del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, a través de la cual se remite cédula de notificación realizada dentro del expediente JIN-444/2021 y su acumulado JIN-445/2021 del índice de este órgano jurisdiccional, en cumplimiento a lo dictado en la sentencia de diecisiete de agosto de la presente anualidad; con fundamento en los artículos 297, inciso m) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XV y XIX; y 27 fracciones I y III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

 

ÚNICO. Recepción de documentos. Se tiene por recibida la diversa documentación a la que se hace referencia, por tanto, se ordena agregar la misma y sus anexos al expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.

 

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.

09_Recepción documentos JIN-444/2021 y acumulado

Chihuahua, Chihuahua; veintiséis de agosto de dos mil veintiuno.

 

Vista la cuenta que remite la Secretaría General al suscrito Magistrado Presidente, de la que se advierte oficio de clave IEE-DJ-439/2021 signado por Jorge Horacio Castillo Parra, Coordinador de Medios de Impugnación de la Dirección Jurídica del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, a través de la cual se remite diversa documentación correspondiente al expediente JIN-444/2021 y su acumulado JIN-445/2021 del índice de este órgano jurisdiccional, en cumplimiento a lo dictado en la sentencia de diecisiete de agosto de la presente anualidad; con fundamento en los artículos 297, inciso m) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XV y XIX; y 27 fracciones I y III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

 

ÚNICO. Recepción de documentos. Se tiene por recibida la diversa documentación a la que se hace referencia, por tanto, se ordena agregar la misma y sus anexos al expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.

 

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Julio César Merino Enríquez, ante el Secretario General Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.