Chihuahua, Chihuahua; catorce de enero de dos mil veintidós.
Vista la constancia y cuenta que remite el Secretario General a la Magistrada Presidente de este Tribunal, de las que se advierte el informe circunstanciado formulado con motivo del procedimiento especial sancionador incoado por Bertha Alicia Caraveo Camarena, en su carácter de Senadora de la República por el estado de Chihuahua en contra de Mario Mata Carrasco, en su carácter de Diputado Federal del Distrito 5 del estado de Chihuahua, por la presunta comisión de conductas que a dicho de la denunciante podrían ser constitutivos de violencia política contra las mujeres en razón de género, derivado de diversas publicaciones y expresiones a través de redes sociales y medios de comunicación que a decir de la promovente, son denigrantes y misóginas; con fundamento en los artículos 295 numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso c); 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción XIX, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador; se
ACUERDA:
PRIMERO. Fórmese y Regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave PES-01/2022 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
SEGUNDO. Previo. Previo a turnar el expediente para la revisión y resolución del procedimiento especial sancionador por el Magistrado Hugo Molina Martínez, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.
TERCERO. Informe. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a que haya lugar.
NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidente Socorro Roxana García Moreno, ante el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.
Chihuahua, Chihuahua; tres de febrero de dos mil veintidós.
Visto el informe, suscrito por el Secretario General de este Tribunal, en relación con la verificación realizada al expediente en que se actúa; con fundamento en los artículos 292, 295, numerales 1, inciso a) y 3, inciso c); 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción II y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se
ACUERDA:
PRIMERO. Téngase a la Secretaría General dando cumplimiento a lo ordenado en el proveído de catorce de enero del dos mil veintidós. Asimismo, anéxese el informe remitido a los autos del expediente en que se actúa.
SEGUNDO. Conforme a lo señalado en el proveído de fecha catorce de enero del dos mil veintidós, se turna el presente expediente al magistrado Hugo Molina Martínez, a quien por razón de orden alfabético corresponde la sustanciación y resolución del mismo, para que en el momento procesal oportuno se determine lo que conforme a derecho corresponda.
NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.
Así lo acordó y firma la magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante el secretario general Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.
Chihuahua, Chihuahua, a tres de febrero de dos mil veintidós.
Visto el estado de guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES-001/2022, con fundamento en los artículos 297, numeral 1, incisos d) y m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18; 19; fracción I; 27, fracciones I y IX; 32, fracciones XVI y XVII, y 113 del Reglamento Interior de este Tribunal, se
ACUERDA:
PRIMERO. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal acuerdo plenario elaborado en el expediente en que se actúa para los efectos legales haya lugar; asimismo, se solicita entregar copia del acuerdo a la Magistrada y los Magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.
SEGUNDO. Se solicita a la Magistrada Presidente que, convoque al Pleno a sesión privada para la aprobación del acuerdo plenario del procedimiento en que se actúa.
NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.
Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor Hugo Molina Martínez, ante el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.
Chihuahua, Chihuahua; ocho de febrero de dos mil veintidós.
Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES-001/2022, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18, del Reglamento Interior de este Tribunal, se
ACUERDA:
PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a sesión privada de Pleno que habrá de celebrarse a las doce horas del ocho de febrero de la presente anualidad para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.
SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a los magistrados que integran este Tribunal.
NOTIFÍQUESE en términos de ley.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante en el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.
Chihuahua, Chihuahua; a catorce de febrero de dos mil veintidós.
Tomando en consideración que en la Sesión Privada celebrada el ocho de febrero del año en curso, se determinó por mayoría de votos rechazar el proyecto de acuerdo plenario, sometido a consideración por el magistrado Hugo Molina Martínez, y se ordenó returnar el presente expediente a la ponencia de la magistrada Socorro Roxana García Moreno; con fundamento en los artículos 297, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracciones XIV y XIX y 102, numeral 1, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se
ACUERDA:
PRIMERO. Verificación Previo a turnar el expediente para la revisión y resolución del procedimiento especial sancionador a la Magistrada que suscribe, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.
SEGUNDO. Informe. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a que haya lugar.
NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.
Así lo acordó y firma la magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante el secretario general Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.
Chihuahua, Chihuahua; tres de marzo de dos mil veintidós.
Visto el informe suscrito por el Secretario General de este Tribunal, en relación con la verificación realizada al expediente en que se actúa; con fundamento en los artículos 292, 295, numeral 1, inciso a) y 3, inciso c); 299, numeral 2, inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 25, 26, fracción II del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se
ACUERDA:
PRIMERO. Informe. Téngase a la Secretaría General dando cumplimiento a lo ordenado en el proveído de catorce de febrero de la presente anualidad. Asimismo, anéxese el informe remitido a los autos del expediente en que se actúa.
SEGUNDO. Conforme a lo señalado en el proveído de fecha catorce de febrero de dos mil veintidós, se asume el presente expediente en atención a lo dispuesto en el acuerdo plenario de fecha ocho de febrero de esta anualidad para la sustanciación y resolución del mismo, para que en el momento procesal oportuno determine lo que conforme a derecho corresponda.
NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.
PES-01/2022
Chihuahua, Chihuahua; tres de marzo de dos mil veintidós.
Vistos 1) El informe de verificación y el acuerdo emitido por el Secretario General de este Tribunal, por medio de la que se da cuenta de la recepción del exprediente al rubro indicado y mediante el cual la Presidencia por el que esta ponencia asume la sustanciación del expediente identificado con la clave PES-01/2022.
Con fundamento en los artículos 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso f); 293, 295, numeral 1, inciso a); de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18, 19, 27 párrafo primero, fracciones I y IX y 32, fracciones XV del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se
ACUERDA:
PRIMERO. Radicación. Téngase por recibida la documentación descrita relativa al expediente PES-01/2022.
SEGUNDO. Estado de resolución. Toda vez que no existen más diligencias por desahogar, se procede a elaborar el proyecto de resolución correspondiente.
NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.
Así lo acordó y firma la magistrada instructora, ante el secretario general Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.
Chihuahua, Chihuahua; cuatro de marzo de dos mil veintidós.
Vista la documentación que integra el expediente, con fundamento en los artículos 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso f); 293, 295, numeral 1, inciso a); 297, numeral 1, inciso b); de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18, 19, 27 párrafo primero, fracciones I y IX; 32, fracciones XVII; y 113, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se
ACUERDA
PRIMERO. Circulación del proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de sentencia elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena integrar copia del proyecto de mérito a los Magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza esta propuesta.
SEGUNDO. Convocatoria. Se convoca a sesión pública de pleno a través del sistema de videoconferencia, que para tal efecto dispone la coordinación de sistemas del Tribunal, que habrá de celebrarse a las trece horas del siete de marzo de dos mil veintidós, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda al presente asunto.
NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.
Así lo acordó y firma la magistrada instructora, ante el secretario general Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.
Chihuahua, Chihuahua; diez de marzo de dos mil veintidós.
Vistos: 1. La documentación descrita en el oficio IEE-DJ-OA-104/2022 signado por Jesús Armando Hernández Gameros, funcionario habilitado con fe pública del Instituto Estatal Electoral; y 2. La cuenta emitida por el Secretario General de este Tribunal; con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se
ACUERDA:
PRIMERO. Se tiene por recibido el oficio de cuenta, así como la documentación descrita en el mismo.
SEGUNDO. Agréguese la documentación de cuenta a los autos del expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes
NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.
Así lo acordó y firma la magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno ante el secretario general Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.
Chihuahua, Chihuahua, a catorce de marzo de dos mil veintidós
Vista la cuenta remitida por el Secretario General de este Tribunal, mediante la cual se hace constar la presentación del oficio DG/0499/2022, signado por Ana Margarita Blackaller Prieto, Directora General del Instituto Chihuahuense de las Mujeres, mediante el cual remite la documentación descrita en el oficio en mención; con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se
ACUERDA:
PRIMERO. Agréguese la documentación de cuenta a los autos del expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.
SEGUNDO. Como lo solicita, notifíquese a la denunciante por medio de estrados copia certificada del contenido del oficio de cuenta.
NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.
Chihuahua, Chihuahua; catorce de marzo de dos mil veintidós.
Visto el escrito presentado por Mario Mata Carrasco, mediante el cual interpone juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano en contra de la sentencia dictada por este Órgano Jurisdiccional en el expediente identificado con la clave PES-01/2022; con fundamento en los artículos 17 y 18 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; y 26, fracción VIII del Reglamento Interior de este órgano jurisdiccional electoral, se
ACUERDA:
PRIMERO. Téngase por recibido el escrito y agréguese copia certificada del mismo a los autos del expediente en que se actúa.
SEGUNDO. Se ordena dar aviso vía electrónica a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la presentación del juicio referido; en su oportunidad agréguese a los autos del presente expediente el acuse correspondiente.
TERCERO. Hágase del conocimiento público la presentación del escrito por el que se interpone el juicio en comento, adjuntando un ejemplar del medio de impugnación a la cédula que se fije en los estrados de este Tribunal por el término de setenta y dos horas, con la finalidad de que los interesados comparezcan en dicho plazo y aleguen lo que a su interés convenga.
CUARTO. Se instruye a la Secretaría General de este órgano jurisdiccional para que rinda el informe circunstanciado en los términos de lo dispuesto por el artículo 18, numeral 2 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
QUINTO. Remítase en términos del artículo 18, numeral 1 a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, demanda de juicio de antecedentes, el informe circunstanciado señalado, así como el expediente que contiene la resolución impugnada, previa copia certificada que autorice la Secretaria General de este Tribunal de dicho expediente y con este, fórmese y regístrese cuadernillo en el libro de gobierno respectivo.
SEXTO. Una vez transcurrido el plazo de setenta y dos horas que prescribe el artículo 17, numeral 1, inciso b), de la ley antes citada, remítase por la vía más expedita, si es el caso, los escritos que se hubieran recibido en relación a este asunto o en su defecto la certificación que expida la Secretaria General si en dicho término no fue presentado escrito alguno. Infórmese lo anterior vía correo electrónico a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.
Así lo acordó y firma la magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno ante el secretario general, Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.
Chihuahua, Chihuahua; a veintitrés de junio de dos mil veintidós.
Vista la cuenta que remite la Secretaría General a la suscrita Magistrada Presidenta, de la que se advierte la NOTIFICACIÓN POR OFICIO MEDIANTE MENSAJERÍA ESPECIALIZADA suscrita por Juan Emmanuel González Martínez, Actuario Regional de Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mediante la cual notifica a este Tribunal, en calidad de autoridad responsable, el acuerdo dictado el diecisiete de junio de dos mil veintidós por la Magistrada Gabriela Eugenia del Valle Pérez, Presidenta Interina de dicha Sala Regional en el expediente identificado con la clave SG-JDC-55/2022, vinculado con el expediente PES-01/2022 del índice de este órgano jurisdiccional; con fundamento en los artículos 297, inciso m) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se
ACUERDA:
PRIMERO. Recepción de documentos. Se tiene por recibida la documentación a la que se hace referencia, por tanto, se ordena agregar la misma y sus anexos al expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.
SEGUNDO. A fin de tener una debida integración del presente expediente, agréguense las constancias que obran en el cuadernillo de clave C-07/2022 del índice de este órgano jurisdiccional atinentes a la sentencia dictada por la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dentro del expediente SG-JDC-55/2022, el cual fue originado por la impugnación presentada en el expediente en el que se actúa.
TERCERO. Expídase copia certificada de las constancias referidas en el segundo punto al cuadernillo de clave C-07/2022.
CUARTO. Archivo. Derivado del acuerdo dictado por la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, así como de las constancias del expediente de referencia, archívese el presente asunto como total y definitivamente concluido.
NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.
Chihuahua, Chihuahua; a veintiséis de agosto de dos mil veintidós.
VISTOS. La certificación de la documentación recibida por correo electrónico a la cuenta del Secretario General, así como la cuenta la misma, por medio de las cuales se hace constar la recepción del oficio signado por Carlos Alberto Ferrer Silva, Titular de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral; con fundamento en los artículos 297, numeral 1, incisos m) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción XX y 32 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se
ACUERDA:
PRIMERO. Recepción de documentos. Se tiene por recibida la diversa documentación a la que se hace referencia, por tanto, se ordena agregar la misma al expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.
SEGUNDO. Cumplimiento. Se tiene al Instituto Nacional Electoral dando cumplimiento al requerimiento ordenado el nueve de mayo del año que transcurre dentro de los autos del Cuadernillo de clave C-007/2022, el cual guarda relación con el expediente en que se actúa.
NOTIFÍQUESE conforme a derecho corresponda.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.
Chihuahua, Chihuahua; trece de septiembre de dos mil veintidós.
Vistos: 1. La documentación descrita en el oficio IEE-DJ-OA-409/2022 signado por César Ruiz Olivas, funcionario habilitado con fe pública del Instituto Estatal Electoral; y 2. La cuenta emitida por el Secretario General de este Tribunal; con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se
ACUERDA:
PRIMERO. Se tiene por recibido el oficio de cuenta, así como la documentación descrita en el mismo.
SEGUNDO. Agréguese la documentación de cuenta a los autos del expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes
NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.
Así lo acordó y firma la magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno ante el secretario general Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.
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