Chihuahua, Chihuahua; veintiuno de febrero de dos mil veintidós.
Vista la constancia y cuenta que remite el Secretario General a la Magistrada Presidente de este Tribunal, de las que se advierte el informe circunstanciado formulado con motivo del procedimiento especial sancionador incoado por Carmen Nallely Pérez Ortiz, en su carácter de Regidora en el Ayuntamiento de Madera en contra de Marcelino Prieto Carreón y Ramón Eduardo Estrada Ochoa, Presidente Municipal y Secretario de dicho ayuntamiento, respectivamente, por la presunta obstrucción en actividades propias de su encargo, así como la presunta comisión de conductas que a dicho de la denunciante podrían ser constitutivos de violencia política contra las mujeres en razón de género; con fundamento en los artículos 295 numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso c); 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción XIX, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador;se
ACUERDA:
PRIMERO. Fórmese y Regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave PES-03/2022 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
SEGUNDO. Previo. Previo a turnar el expediente para la revisión y resolución del procedimiento especial sancionador por el Magistrado César Lorenzo Wong Meraz, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.
TERCERO. Informe. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a que haya lugar.
NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidente Socorro Roxana García Moreno, ante el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.
Chihuahua, Chihuahua, a dos de marzo de dos mil veintidós
Vista la cuenta remitida por el Secretario General de este Tribunal, mediante la cual se hace constar la presentación del oficio IEE-DJ-OA-088/2022, signado por Jesús Armando Hernández Gameros, funcionario habilitado con fe pública del Instituto Estatal Electoral, mediante el cual remite la documentación descrita en el oficio en mención; con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se
ACUERDA:
ÚNICO. Agréguese la documentación de cuenta a los autos del expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.
NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.
Chihuahua, Chihuahua; ocho de marzo de dos mil veintidós.
Vista la cuenta remitida por el Secretario General de este Tribunal a la suscrita Magistrada Presidenta; con fundamento en el artículo 297, numeral 1, inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, fracción III, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral se
ACUERDA:
ÚNICO. Agréguese documentación. Agréguese la documentación de cuenta al expediente en que se actúa; lo anterior, para los efectos legales conducentes.
NOTIFÍQUESE el presente acuerdo en términos de ley.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.
Chihuahua, Chihuahua; a cuatro de abril de dos mil veintidós.
Visto el informe suscrito por el Secretario General de este Tribunal, en relación con la verificación realizada al expediente en que se actúa; con fundamento en los artículos 292, 295, numeral 1, inciso a) y 3, inciso c); 299, numeral 2, inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 25, 26, fracción II del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se
ACUERDA:
PRIMERO. Informe. Téngase a la Secretaría General dando cumplimiento a lo ordenado en el proveído de veintiuno de febrero de la presente anualidad. Asimismo, anéxese el informe remitido a los autos del expediente en que se actúa.
SEGUNDO. Turno. Conforme a lo señalado en el proveído señalado anteriormente, se turna el presente expediente al Magistrado César Lorenzo Wong Meraz, a quien por razón de orden alfabético corresponde la sustanciación y resolución del mismo, para que en el momento procesal oportuno se determina lo que conforme a derecho corresponda.
NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.
Así lo acordó y firma la magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante el secretario general Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.
PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR
EXPEDIENTE: PES-03/2022
DENUNCIANTE: CARMEN NALLELY PÉREZ ORTIZ
DENUNCIADOS: MARCELINO PRIETO CARREÓN Y RAMÓN EDUARDO ESTRADA OCHOA
MAGISTRADO: CÉSAR LORENZO WONG MERAZ
Chihuahua, Chihuahua, a cuatro de abril de dos mil veintidós.
VISTOS
- La documentación descrita en la constancia emitida por el Secretario General de este Tribunal, por medio de la que se da cuenta de la recepción del expediente al rubro indicado.
- El informe de verificación rendido por la Secretaría General, por medio del cual consideraque el presente expediente se encuentra integrado de forma debida.
- El acuerdo emitido por la Presidencia, por el que se turna a esta ponencia la sustanciación del expediente identificado con la clave PES-03/2022.
Con fundamento en los artículos 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 293; 295, numeral 1, inciso a); 297, numeral 1, inciso b); de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18; 19; 27, párrafo primero, fracciones I y IX; 32, fracciones XVI y XVII; y 113, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se
ACUERDA:
- Radicación. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave PES-03/2022.
- Estado de resolución. Toda vez que no existen más diligencias por desahogar, se procede a elaborar el proyecto de resolución correspondiente.
- Circulación del proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal proyecto de resolución elaborado en el expediente en que se actúa para los efectos legales que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de resolución a los magistrados que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quién realiza la propuesta.
- Convoca. Se solicita a la Magistrada Presidenta que, en el término de ley, convoque al Pleno a sesión pública para la resolución del procedimiento en que se actúa.
NOTIFÍQUESE en términos de ley.
Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor César Lorenzo Wong Meraz ante el Secretario General, Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.
Chihuahua, Chihuahua; cuatro de abril de dos mil veintidós.
Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES-003/2022, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18 y 19 del Reglamento Interior de este Tribunal, se
ACUERDA:
PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las catorce horas del cinco de abril de la presente anualidad para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.
SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a los magistrados que integran este Tribunal.
NOTIFÍQUESE en términos de ley.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante en el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.
Chihuahua, Chihuahua; once de abril de dos mil veintidós.
VISTO: El oficio recibido el día en que se actúa, signado por Jorge Ariel Tovalí Vega, quien cuenta con personalidad acreditada en autos, el cual solicita la devolución del Poder y Mandato General Amplísimo para Pleitos y Cobranzas bajo la fe del Licenciado Joel Ochoa Vega, en su carácter de Notario Público Número Tres del Distrito Judicial Guerrero con Residencia en Ciudad Madera Chihuahua, otorgado por el C. Marcelino Prieto Carreón a favor de Jorge Ariel Tovalí Vega; además en mismo oficio, solicita copia certificada de todo lo actuado en el presente Procedimiento Especial Sancionador, y con fundamento en el artículo 91 numerales 1, 2, y 3 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua.
ACUERDA:
PRIMERO. Ágreguese en autos el escrito signado por Jorge Ariel Tovalí Vega.
SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General de este Tribunal, se devuelva el Poder y Mandato General Amplísimo ya descrito, y de igual manera, se solicita que se integren copias certificadas del mismo, en el lugar en donde originalmente se encontraban.
TERCERO. Se instruye a la Secretaría General de este Tribunal, expedir copia certificada de todo lo actuado en el presente asunto, y en el momento oportuno entregar al solicitante.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, en presencia del secretario general Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez. Con quien actúa y da fe. DOY FE.
SRGM/GHSR/nlfb
Chihuahua, Chihuahua; a veintisiete de junio de dos mil veintidós.
Vista la cuenta que remite la Secretaría General a la suscrita Magistrada Presidenta, de la que se advierte la NOTIFICACIÓN POR OFICIO MEDIANTE MENSAJERÍA ESPECIALIZADA suscrita por Juan Emmanuel González Martínez, Actuario Regional de Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mediante la cual notifica a este Tribunal, en calidad de autoridad responsable, el acuerdo dictado el diecisiete de junio de dos mil veintidós por la Magistrada Gabriela Eugenia del Valle Pérez, Presidenta Interina de dicha Sala Regional en el expediente identificado con la clave SG-JDC-60/2022, vinculado con el expediente PES-03/2022 del índice de este órgano jurisdiccional; con fundamento en los artículos 297, inciso m) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se
ACUERDA:
PRIMERO. Recepción de documentos. Se tiene por recibida la documentación a la que se hace referencia, por tanto, se ordena agregar la misma y sus anexos al expediente en que se actúa para los efectos legales conducentes.
SEGUNDO. A fin de tener una debida integración del presente expediente, agréguense las constancias que obran en el cuadernillo de clave C-15/2022 del índice de este órgano jurisdiccional atinentes a la sentencia dictada por la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dentro del expediente SG-JDC-60/2022, el cual fue originado por la impugnación presentada en el expediente en el que se actúa.
TERCERO. Expídase copia certificada de las constancias referidas en el segundo punto al cuadernillo de clave C-15/2022.
CUARTO. Archivo. Derivado del acuerdo dictado por la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, así como de las constancias del expediente de referencia, archívese el presente asunto como total y definitivamente concluido.
NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante el Secretario General Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, con quien actúa y da fe. DOY FE.
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