Chihuahua, Chihuahua; a veintidós de mayo de dos mil veintiuno.
Vista la constancia y cuenta que remite el Secretario General al Magistrado Presidente de este Tribunal, de las cuales se advierte que la Consejera del Instituto Estatal Electoral Claudia Arlett Espino, envía Procedimiento en Contra de Medidas Cautelares, según lo manifestado en su informe circunstanciado, promovido por Marco Antonio Bonilla Mendoza, en su carácter de ciudadano, en contra del acuerdo dictado por la otrora Consejero Presidente del Instituto Estatal Electoral, dentro del expediente de clave IEE-PES-127/2021; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso a), numeral 3, inciso b) y 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 96, 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se
ACUERDA:
PRIMERO. Fórmese expediente y regístrese con la clave PMC-189/2021 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
SEGUNDO. Asume el expediente en que se actúa el magistrado Julio César Merino Enríquez, para la sustanciación y resolución de este, al tener relación con el diverso expediente identificado con la clave IEE-PES-189/2021 mismo que de acuerdo al pre turno asignado, será turnado a su ponencia.
NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.
Así lo acordó y firma el magistrado presidente Julio César Merino Enríquez, ante el secretario general Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.
PROCEDIMIENTO EN CONTRA DE MEDIDAS CAUTELARES
EXPEDIENTE: PMC-189/2021
ACTOR: MARCO ANTONIO BONILLA MENDOZA
AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJERO PRESIDENTE DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA
MAGISTRADO INSTRUCTOR: JULIO CÉSAR MERINO ENRÍQUEZ
Chihuahua, Chihuahua, a veinticuatro de mayo de dos mil veintiuno.
VISTO el acuerdo dictado el veintidós de mayo de dos mil veintiuno por medio del cual se forma y registra el procedimiento en contra de medidas cautelares de clave PMC-189/2021; con fundamento en los artículos 297, numeral 1), inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como el 27, fracciones III, V, XIX y XX del Reglamento Interior de este Tribunal, se
ACUERDA
PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave PMC-189/2021, para los efectos que haya lugar.
SEGUNDO. Requerimiento. Se requiere al Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, para que, en el plazo de dieciséis horas contadas a partir de la notificación del presente acuerdo, remita a este Tribunal copia certificada del escrito de denuncia del expediente IEE-PES-127/2021.
En caso de no cumplir con el requerimiento de esta autoridad electoral, se tomarán las medidas necesarias para su cumplimiento, aplicando el medio de apremio que se juzgue pertinente.
NOTIFÍQUESE en términos de Ley.
Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor Julio César Merino Enríquez ante el Secretario General, Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.
PROCEDIMIENTO EN CONTRA DE MEDIDAS CAUTELARES
EXPEDIENTE: PMC-189/2021
ACTOR: MARCO ANTONIO BONILLA MENDOZA
AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJERO PRESIDENTE DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE CHIHUAHUA
MAGISTRADO INSTRUCTOR: JULIO CÉSAR MERINO ENRÍQUEZ
Chihuahua, Chihuahua, a veintiséis de mayo de dos mil veintiuno.
VISTO el estado que guardan los autos del expediente en que se actúa, con fundamento en los artículos 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 297, numeral 1), inciso m), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como el 27, fracciones III, V, XIX y XX del Reglamento Interior de este Tribunal, se
ACUERDA
ÚNICO. Requerimiento. Se requiere al Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, para que, en el plazo de diez horas contadas a partir de la notificación del presente acuerdo, remita a este Tribunal copia certificada de las actas circunstanciadas identificadas con la clave IEE-DJ-OE-AC-176/2021 y IEE-DJ-OE-AC-177/2021 las cuales obran en el expediente IEE-PES-127/2021.
En caso de no cumplir con el requerimiento de esta autoridad electoral, se tomarán las medidas necesarias para su cumplimiento, aplicando el medio de apremio que se juzgue pertinente.
NOTIFÍQUESE en términos de Ley.
Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor Julio César Merino Enríquez ante el Secretario General, Arturo Muñoz Aguirre, con quien actúa y da fe. DOY FE.
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