Forma y Registra

Chihuahua, Chihuahua; cinco de julio de dos mil veinticinco.

La Secretaria General da cuenta al Magistrado Presidente con: a) los oficios de clave IEE-SE-835/2025 e IEE-AD13-260/2025 correspondientes a los avisos de interposición de medio de impugnación promovido por Aurelia Alejandra Martínez Rosales, en su calidad de candidata a jueza civil en el Distrito Judicial Morelos dentro del Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado de Chihuahua 2024-2025 y, b) los informes circunstanciados de claves IEE-SE-932/2025 e IEE-AD13-311/2025, y anexos, que remiten la Secretaría Ejecutiva del Instituto Estatal Electoral y la Asamblea Distrital Judicial Morelos. Con fundamento en los artículos 83, 88 y 119, fracciones I y III de la Ley Electoral Reglamentaria de los Artículos 99, 100, 101, 102 Y 103 de La Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua; así como, 40 fracción XI del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Téngase por recibida la documentación descrita en la cuenta.

SEGUNDO. Forma y registra. Fórmese expediente y regístrese con la clave JIN-369/2025, en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

TERCERO. Turno. De conformidad con el acuerdo TEE/AGP07/2025[1] aprobado por el Pleno de este Tribunal Electoral, que establece el criterio de prevención asignación, se turna el expediente a la Ponencia del suscrito, por guardar relación con el diverso JIN-299/2025 previamente turnado a la Ponencia a mi cargo.

CUARTO. Apertura de tomos del expediente. Para el mejor manejo de las actuaciones, se ordena a la Secretaria General de este Tribunal que proceda a la apertura de los tomos del expediente en que se actúa, conforme sea necesario, según se requiera atendiendo al volumen de las constancias que en su oportunidad se reciban.

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

 

 

 

 

[1] Acuerdo General de Pleno del Tribunal Estatal Electoral, por el que se emiten lineamientos específicos para el turno de los juicios de inconformidad, vinculados al proceso electoral extraordinario 2024-2025 de personas juzgadoras.

Reserva Admisión

Chihuahua, Chihuahua, a nueve de julio de dos mil veinticinco.[1]

 

VISTOS: 

 

  1. La constancia de recepción emitida por la Oficialía de partes de este Tribunal, de clave 1893-2025, a través de la cual hizo constar que con fecha veintisiete de junio, se recibió el oficio IEE-AD13/260/2025, signado por Jesús Sáenz Valdez, en su calidad de Secretario de la Asamblea Distrital Morelos, así como diversa documentación adjunta al mismo;

 

  1. La constancia de recepción emitida por la Oficialía de partes de este Tribunal, de clave 1746-2025, a través de la cual hizo constar que con fecha veintiséis de junio, se recibió el oficio IEE- SE-835/2025, signado por Arturo Muñoz Aguirre, en su calidad de Secretario

Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral, así como diversa documentación adjunta al mismo;

 

  1. La constancia de recepción emitida por la Oficialía de partes de este Tribunal, de clave 1909-2025, a través de la cual hizo constar que con fecha veintiocho de junio, se recibió el oficio IEE-SE-932/2025, signado por Arturo Muñoz Aguirre, en su calidad de Secretario

Ejecutivo del Instituto, así como diversa documentación adjunta al mismo;

 

  1. La constancia de recepción emitida por la Oficialía de partes de este Tribunal, de clave 1973-2025, a través de la cual hizo constar que con fecha veintinueve de junio, se recibió el oficio IEE-AD13-311/2025, signado por Jesús Sáenz Valdez, en su calidad de Secretario de la Asamblea Distrital Morelos, así como diversa documentación adjunta al mismo;

 

 

  1. La cuenta de fecha cinco de julio, emitida por la Secretaría General de este Tribunal, mediante la cual hace del conocimiento del Magistrado presidente las constancias señaladas en los incisos a), b), c) y d) del presente acuerdo.

 

  1. El acuerdo de fecha cinco de julio, emitido por la Presidencia de este Tribunal, mediante el que se forma y registra el expediente de clave JIN-369/2025, y se asumió por la Ponencia del Magistrado Hugo Molina Martínez.

 

  1. Que en los archivos de este Tribunal obran: (1) el oficio identificado con la clave TEE/SG/395/2025, mediante el cual, la Secretaría General de este Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua solicitó al Vocal Ejecutivo de la Junta Local Ejecutiva en Chihuahua del Instituto Nacional Electoral, diversa documentación electoral; y, (2) el oficio identificado con la clave INE/CHIH/JLE/0569/2025, mediante el cual, el Instituto Nacional Electoral remitió a esta autoridad archivos con el Padrón Electoral y la Lista Nominal del Estado de Chihuahua, con corte al 11 de abril de 2025, debidamente cifrados a través de contraseña; y, el Listado de

 

ubicación e integración de Mesas Directivas de Casilla (ENCARTE), en dos unidades de CD; y

 

  1. El estado procesal que guardan los autos.

 

Con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero; así como el 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 20, 83, fracción II, 88, 89, 90 y 91 de la Ley Electoral Reglamentaria; 293, numerales 1) y 2); 295, numeral 1), inciso a) y numeral 3), inciso b); 297, numeral 1), incisos d) y m); 299, numeral 2), inciso u); 302; 308, numeral 1); 330, numeral 1); de la Ley Electoral del Estado de

Chihuahua; 31, párrafo primero, fracción I del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido en esta Ponencia, el expediente de clave JIN-369/2025, para los efectos legales conducentes.

SEGUNDO. Parte actora. Se reconoce legitimación a Aurelia Alejandra Martínez Rosales, quien acude a este juicio en ejercicio de su propio derecho, en su carácter de candidata a Jueza Civil del Distrito Judicial Morelos.

TERCERO. Domicilio procesal y autorizaciones de la parte actora. Se tiene a la parte actora, Aurelia Alejandra Martínez Rosales, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el indicado en su escrito inicial de demanda, así como autorizando a la persona para tales efectos.

CUARTO. Autoridad responsable. Si bien es cierto, con fecha veintiocho y veintinueve de junio, las autoridades responsables remitieron a este Tribunal los informes circunstanciados respectivos, no menos cierto es que de éstos no se advierte que las mismas hubiesen cumplido con el requisito establecido en el artículo 117 fracción IV de la Ley Electoral Reglamentaria, mismo que establece que, en los Juicios de Inconformidad, la autoridad responsable debe remitir el expediente completo de todas las actas de cómputo, hojas de incidentes levantadas por la autoridad electoral, así como los escritos de incidentes y de protesta que se hubiesen presentado.

Lo anterior en virtud de que la autoridad electoral únicamente remitió un documento en el cual efectúa una relación de los oficios a través de los cuales dicha información fue aparentemente proporcionada previamente a este Tribunal.[2]

 

En consecuencia, se tienen parcialmente cumplidas sus obligaciones en términos de Ley, por lo que esta Ponencia Instructora emitirá los pronunciamientos que correspondan en el momento procesal oportuno.

 

QUINTO. Terceros interesados. Como se advierte de las constancias[3] que obran en el expediente, Marisol Campos Ruíz, María Guadalupe Fierro Serna, Eunice Méndez Tarango, Aida Rosario Calderón Colomo y Gabriela Edith Aguirre Esquivel.[4]

 

SEXTO. Domicilio del tercero interesado. De los escritos de comparecencia, se advierte que las personas terceras interesadas señalaron domicilio, como se precisa a continuación:

 

6.1 Marisol Campos Ruíz.  Se tiene a Marisol Campos Ruíz señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en Periférico de la Juventud, número 8315, local 6 (Plaza Toledo) de esta Ciudad, así como designando a la persona indicada para tales efectos.

 

6.2 María Guadalupe Fierro Serna. Se tiene a María Guadalupe Fierro Serna señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en Periférico de la Juventud, número 8315, local 6 (Plaza Toledo) de esta Ciudad, así como designando a la persona indicada para tales efectos.

 

6.3 Gabriela Edith Aguirre Esquivel. Se le tiene a Gabriela Edith Aguirre Esquivel, señalando los estrados físicos y electrónicos de este Tribunal, para oír y recibir toda clase de notificaciones.

 

6.4 Aida Rosario Calderón Colomo. Se tiene a Aida Rosario Calderón Colomo señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en Calle Huasteca, número 3702, Fraccionamiento Puerta de Hierro de esta Ciudad, así como designando a la persona indicada para tales efectos.

 

6.5 Eunice Méndez Tarango. Se le tiene a Eunice Méndez Tarango, señalando los estrados físicos y electrónicos de este Tribunal, para oír y recibir toda clase de notificaciones.

 

SÉPTIMO. Radica y reserva de admisión. Se radica el expediente citado al rubro en la ponencia a cargo del Magistrado que suscribe y se reserva la decisión sobre la admisión del presente juicio.

 

OCTAVO. Requerimiento al Instituto Estatal Electoral. Como se advierte del escrito de demanda, la promovente omitió señalar la fecha en que fue notificada vía correo electrónico, conforme a lo establecido en los acuerdos que son materia de impugnación.[5] Por lo anterior, se solicita al Instituto Estatal Electoral que remita a este Tribunal lo siguiente:

 

  • El acuse de dicha notificación electrónica, efectuada al correo electrónico proporcionado por Aurelia Alejandra Martínez Rosales.

 

Lo anterior, en un plazo no mayor a veinticuatro horas contadas a partir de la notificación del presente acuerdo.

 

NOTIFÍQUESE, por oficio al Instituto Estatal Electoral de Chihuahua; por estrados a las personas interesadas.

 

Así lo acordó y firma, el Magistrado Instructor Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE

[1] En lo subsecuente, todas las fechas corresponden al año dos mil veinticinco, salvo mención en contrario.

[2] Visible a fojas 032 a 038 vuelta del expediente en que se actúa.

[3] Visible en la foja 136 del expediente.

[4] Comparece con carácter de personas terceras interesadas Marisol Campos Ruíz, María Guadalupe Fierro Serna, Eunice Méndez Tarango, Aida Rosario Calderón Colomo y Gabriela Edith Aguirre Esquivel.

[5] Acuerdo emitido por la Asamblea Distrital Morelos de clave IEE/AD13/057/2025 y Acuerdo emitido por el Consejo Estatal del Instituto de clave IEE/CE156/2025.

Circulación de Proyecto

Chihuahua, Chihuahua, a dieciséis de julio de dos mil veinticinco.[1]

 

VISTOS:

  1. El oficio de clave IEE-SE-1059/2025 signado por el Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, de fecha quince de julio a través del cual remite a este Tribunal la información solicitada mediante el acuerdo de fecha nueve de julio.
  2. La constancia de clave C.2323-2025 de fecha quince de julio emitida por la Oficialía de partes de este Tribunal, mediante la cual se hizo constar que fue recibido el oficio de clave IEE-SE-1059/2025, signado por el Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, así como la documentación anexa al mismo.
  3. La cuenta de fecha quince de julio emitida por la Secretaría General de este Tribunal, mediante la cual hace del conocimiento a la Presidencia la documentación descrita en la constancia de clave C.2323-2025 de fecha quince de julio.
  4. El estado procesal que guardan los autos.

Con fundamento en los artículos 119 y 121 de la Ley Electoral Reglamentaria; 330, numeral 1, y 331 de la Ley Electoral del Estado, y 31, párrafo primero, fracción I del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO.  Circulación de proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de sentencia que corresponde al presente asunto; así mismo, se le ordena entregar copia del proyecto a las Magistradas, que, junto con el suscrito, integran el Pleno de este órgano jurisdiccional, para su estudio.

SEGUNDO. Convocatoria a sesión pública del Pleno. Convóquese en el término de ley, al Pleno de este Tribunal a sesión pública para la resolución del proyecto de sentencia que será propuesto por esta Ponencia.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

 

Así lo acordó y firma, el Magistrado Instructor Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

[1] En lo subsecuente, todas las fechas corresponden al año dos mil veinticinco, salvo mención en contrario.

Convóquese

Chihuahua, Chihuahua; a diecisiete de julio de dos mil veinticinco.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JIN-369/2025,

con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de

Chihuahua; 16, numeral 1 y 2, 18, numeral 1 y 29 fracción VII, del Reglamento Interior de

este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a Sesión Pública de Pleno que habrá de celebrarse

a las diecisiete horas del viernes dieciocho de julio de la presente anualidad para analizar,

discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la

convocatoria con el orden del día correspondiente a los magistrados que integran este

Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria

General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Motivación

Medio de impugnación promovido por Aurelia Alejandra Martínez Rosales, en su calidad de candidata a jueza civil en el Distrito Judicial Morelos dentro del Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado de Chihuahua 2024-2025