Chihuahua, Chihuahua a veinticinco de julio de dos mil veinticuatro.
Vista la constancia y cuenta de la Secretaría General de este Tribunal, de los cuales se advierte informe circunstanciado signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, relativo al procedimiento especial sancionador IEE-PES-091/2024, promovido por XXXXXXX, en su carácter de ciudadana mexicana, en contra de Fernando Alonso Armijo Lozoya, Dulce Rubí Cazares Avena, del propietario de la página de la red social Facebook de nombre “Código Rojo NCG” y/o quien resulte responsable por la presunta comisión de conductas que pudieran ser constitutivas de violencia política contra las mujeres en razón de género; con fundamento en los artículos 295, numeral 1), inciso a) y 299, numeral 2), inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua; así como el punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se
ACUERDA:
PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave PES-455/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
SEGUNDO. Previo a turnar el expediente para la revisión y resolución del mismo al magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.
TERCERO. Informe. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a qué haya lugar.
NOTIFÍQUESE en términos de ley.
Así lo acordó y firma la magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la secretaria general provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE. Rúbricas.