01_Forma registra PES-455/2024

Chihuahua, Chihuahua a veinticinco de julio de dos mil veinticuatro.

 

Vista la constancia y cuenta de la Secretaría General de este Tribunal, de los cuales se advierte informe circunstanciado signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, relativo al procedimiento especial sancionador IEE-PES-091/2024, promovido por XXXXXXX, en su carácter de ciudadana mexicana, en contra de Fernando Alonso Armijo Lozoya, Dulce Rubí Cazares Avena, del propietario de la página de la red social Facebook de nombre “Código Rojo NCG” y/o quien resulte responsable por la presunta comisión de conductas que pudieran ser constitutivas de violencia política contra las mujeres en razón de género; con fundamento en los artículos 295, numeral 1), inciso a) y 299, numeral 2), inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua; así como el punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Fórmese y regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave PES-455/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

 

SEGUNDO. Previo a turnar el expediente para la revisión y resolución del mismo al magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.

 

TERCERO. Informe. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a qué haya lugar.

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

 

Así lo acordó y firma la magistrada presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la secretaria general provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE. Rúbricas.

02_Informe turno PES-455/2024

Chihuahua, Chihuahua; a cuatro de septiembre del dos mil veinticuatro.

Visto el informe suscrito por la Secretaria General Provisional de este Tribunal, en relación con la verificación realizada al expediente en que se actúa; con fundamento en los artículos 295, numeral 1, inciso d), 299, numeral 2, inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 26, fracción II del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral; y los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se

ACUERDA:

PRIMERO. Informe. Téngase a la Secretaria General Provisional dando cumplimiento a lo ordenado en el proveído de veinticinco de julio de la presente anualidad. Asimismo, anéxese el informe remitido a los autos del expediente en que se actúa.

SEGUNDO. Turno. Conforme a lo señalado en el acuerdo referido, se turna el presente expediente al Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, para que en el momento procesal oportuno se determine lo que conforme a derecho corresponda.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

03_Radicación estado de resolución PES-455/2024

Chihuahua, Chihuahua; a cuatro de septiembre de dos mil veinticuatro.

VISTOS:

1. La documentación descrita en la constancia emitida por la SecretariaGeneral Provisional de este Tribunal el veinticinco de julio, por medio de la que se da cuenta de la recepción del expediente al rubro indicado.

2. La constancia de esta misma fecha, por la que la Secretaria General Provisional de este Tribunal realizó la verificación en la integración del expediente.

3. El acuerdo de idéntica fecha emitido por la Presidencia, por el que fue turnado a esta ponencia la sustanciación del expediente identificado con la clave PES-455/2024.

Con fundamento en los artículos 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso f); 292; 293; 295, numeral 1, inciso a) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, párrafo primero, fracciones I, III, IX, y XX; 32 fracciones I, II, III, y XXX del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, se

ACUERDA:

1. Radicación. Se tiene por recibido el expediente identificado con la clave PES-455/2024.

2. Estado de resolución. Toda vez que no existen más diligencias por desahogar, se procede a elaborar el proyecto de resolución correspondiente.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

04_Cierre circula PES-455/2024

Chihuahua, Chihuahua, a cuatro de septiembre de dos mil veinticuatro.

VISTO el estado procesal que guardan los autos.

Con fundamento en los artículos 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso f); 292, 295, numeral 1, inciso a); 297, numeral 1, inciso b); de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18; 19; 27, párrafo primero, fracciones I, IX, y XX; 32 fracciones I, II, III, XVI, XVII, y XXIX; 113 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, se

ACUERDA:

1. Circulación de proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de resolución elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales a que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de resolución a las magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.

2. Convocatoria. Se solicita a la Magistrada Presidenta que, en el término de ley, convoque a Sesión Pública de Pleno para la resolución del expediente en que se actúa.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

05_Convoca PES-455/2024

Chihuahua, Chihuahua; cuatro de septiembre de dos mil veinticuatro.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES-455/2024, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19, fracción 1, del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria Sesión Pública. Se convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las once horas del jueves cinco de septiembre del presente año, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante en la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez. DOY FE.

07_Agréguese PES-455/2024

Chihuahua, Chihuahua; a nueve de septiembre de dos mil veinticuatro.

Vista la cuenta y constancia que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal; de las cuales,se advierte el Oficio No. IEE-SE-2091/2024, signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua; mediante el cual, remite documentación relativa al expediente de clave IEE-PES-091/2024 del índice del Instituto Estatal Electoral, con fundamento en los artículos 299, numeral 2), inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como el 26, fracción XIV del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibido el escrito de cuenta y su Anexo.

SEGUNDO. Agréguese, al expediente de cuenta para los efectos legales conducentes.

NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrada Socorro Roxana García Moreno,ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

08_Presentación JDC PES-455/2024

Chihuahua, Chihuahua; diez de septiembre de dos mil veinticuatro.

 

Visto el escrito presentado por Argelia López Valdez, mediante el cual interpone juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano en contra del acuerdo de Pleno dictado por este Órgano Jurisdiccional en el expediente identificado con la clave PES-455/2024; con fundamento en los artículos 17 y 18 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; y 26, fracción VIII del Reglamento Interior de este órgano jurisdiccional electoral, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Recepción. Téngase por recibido el escrito y sus anexos y agréguese copia certificada de los mismos a los autos del expediente en que se actúa.

 

SEGUNDO. Aviso. Se ordena dar aviso vía electrónica a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de la presentación del juicio referido; en su oportunidad agréguese a los autos del presente expediente el acuse correspondiente.

 

TERCERO. Publicación. Hágase del conocimiento público la presentación del escrito por el que se interpone el juicio en comento, adjuntando un ejemplar del medio de impugnación a la cédula que se fije en los estrados de este Tribunal por el término de setenta y dos horas, con la finalidad de que los interesados comparezcan en dicho plazo y aleguen lo que a su interés convenga.

 

CUARTO. Informe. Se instruye a la Secretaría General de este órgano jurisdiccional para que rinda el informe circunstanciado en los términos de lo dispuesto por el artículo 18, numeral 2 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

 

QUINTO. Remítase en términos del artículo 18, numeral 1 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, demanda de juicio de antecedentes, el informe circunstanciado señalado, así como el expediente y sus acumulados que contiene la resolución impugnada, previa copia certificada que autorice la Secretaría General de este Tribunal de dicho expediente y con este, fórmese y regístrese cuadernillo C-567/2024 en el libro de gobierno respectivo.

 

SEXTO. Una vez transcurrido el plazo de setenta y dos horas que prescribe el artículo 17, numeral 1, inciso b), de la ley antes citada, remítase por la vía más expedita, si es el caso, los escritos que se hubieran recibido con relación a este asunto o en su defecto la certificación que expida la Secretaría General si en dicho término no fue presentado escrito alguno. Infórmese lo anterior vía correo electrónico a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

 

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

 

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

09_Remisión PES-455/2024

Chihuahua, Chihuahua; a quince de octubre de dos mil veinticuatro.

Vista la cuenta que remite la Secretaría General a la suscrita Magistrada Presidenta, de la que se advierte oficio de clave SG-SGA-OA-1503/2024, signado por Elizabeth Vazquez Angulo, Actuaria Regional de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mediante la cual notifica sentencia de fecha diez de septiembre de dos mil veinticuatro dictada dentro del expediente SG-JDC-640/2024, así como la remisión del expediente de clave PES-455/2024 del índice de este órgano jurisdiccional; con fundamento en el artículo 299, numeral 2) inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX y 32, fracción XIV, del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Se tiene por recibida la documentación a la que se hace referencia, por tanto, se ordena agregar la misma al expediente PES-455/2024.

SEGUNDO. Remítanse los autos del expediente en que se actúa a la ponencia instructora a cargo del Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, para los efectos legales a que haya lugar.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

10_Convoca PES-455/2024

Chihuahua, Chihuahua; a veintiuno de octubre de dos mil veinticuatro.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES-455/2024, con fundamento en los artículos 299, inciso u), 334, numeral 1, inciso a), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18, 19 fracción I del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria Sesión PrivadaSe convoca a sesión privada de Pleno que habrá de celebrarse a las catorce horas del martes veintidós de octubre del presente año, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien se actúa y da fe. DOY FE.

12_Remisión PES-455/2024

Chihuahua, Chihuahua; a veintinueve de octubre de dos mil veinticuatro.

Vista la cuenta y constancia que remite la Secretaría General a la suscrita Magistrada Presidenta, de la que se advierte informe circunstanciado IEE-SE-2389/2024, signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, por medio del cual remiten los autos del expediente IEE-PES-091/2024; con fundamento en el artículo 299, numeral 2) inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; así como 26, fracciones XIV y XIX y 32, fracción XIV y 101 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Se tiene por recibida la documentación a la que se hace referencia.

SEGUNDO. Agréguese. Agréguese las constancias a los autos del expediente de clave PES-455/2024.

TERCERO. Apertura de tomo. Atendiendo el volumen de los autos del expediente PES-455/2024, se ordena la apertura del tomo tercero.

SEGUNDO. Remisión. Remítanse los autos del expediente en que se actúa a la ponencia instructora a cargo del Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, para los efectos legales a que haya lugar.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

13_Verificación PES-455/2024

Chihuahua, Chihuahua; doce de diciembre de dos mil veinticuatro.

 

VISTOS:

 

El Acuerdo de Pleno del veintidós de octubre, por medio del cual se hizo la devolución del expediente en que se actúa a la Secretaría Ejecutiva del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua,2a fin de reponer el procedimiento y realizar diversas diligencias de investigación;2.La cuenta emitida el veintinueve de noviembre por la Secretaría General de este Tribunal Estatal Electoral, misma que fue allegada por el Secretario Ejecutivo del Instituto respecto a la recepción de diversa documentación del expediente en que se actúa, derivada de la regularización del procedimiento ordenada en el acuerdo de pleno referido en el numeral anterior; y3.El acuerdo de idéntica fecha, por medio del cual la Secretaría General de este Tribunal remite a esta ponencia el expediente de mérito.Con fundamento en los artículos 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso f); 292; 293; 295, numeral 1, inciso a) y 3, incisos a) y c); y 297, numeral 1, inciso m) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, párrafo primero, fracciones I del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua; así como los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimientoespecial sancionador, se:ACUERDA:PRIMERO. Recepción de documentos. Agréguense las constancias originales que se emitieron durante la sustanciación del expediente en el Instituto Estatal Electoral de Chihuahua.SEGUNDO. Verificación. To d a v e z q u e e n t é r m i n o s d e l o o r d e n a d o e n e l a c u e r d o d e l P l e n o d e v e i n t i d ó s de octubre, en la sustanciación del asunto se llevaron a cabo nuevas diligencias, que no formaron parte de la verificación realizada en la primera remisión del expediente de este Tribunal; para efectos de estar en posibilidad de emitir la resolución que en derecho proceda, remítanse los autos a la Secretaría General de este Tribunal, instruyéndole que efectúe la verificación del expediente, debiendo constatarsu debida integración, si el mismo efectivamente se encuentra completo y, por ello, en estado de resolución. Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto por el Segundo y Tercero de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, en relación con los artículos 291, numeral 1) y 292, de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua. NOTIFÍQUESEconforme a los términos de ley.Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez, ante el Secretario General por Ministerio de Ley Isidro Alberto Burrola Monárrez, con quien actúa y da fe. DOY FE

14_Cumplimiento estado de resolución PES-455/2024

Chihuahua, Chihuahua; a dieciocho de diciembre de dos mil veinticuatro.

VISTO el acuerdo de doce de diciembre emitido por la ponencia instructora del presente asunto, por el que se ordenó a la Secretaría General informar sobre la debida integración del expediente de clave PES-455/2024 del índice de este órgano jurisdiccional.

Con fundamento en los artículos 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso f); 292; 293; 295, numeral 1, inciso a) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 27, párrafo primero, fracciones I, III, IX, y XX; 32 fracciones I, II, III, y XXX del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua3, se

ACUERDA:

1. Cumplimiento. Se tiene a la Secretaría General dando cumplimiento al proveído de diecinueve de noviembre en el que solicitó informara la debida integración del expediente de mérito.

2. Estado de resolución. Toda vez que no existen más diligencias por desahogar, se procede a elaborar el proyecto de resolución correspondiente.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado Instructor Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez ante la Secretaria General Provisional, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

15_Circula PES-455/2024

Chihuahua, Chihuahua; a diecinueve de diciembre de dos mil veinticuatro.

VISTO el estado que guardan los autos del expediente en el que se actúa y con fundamento en los artículos 36, párrafo tercero; así como el 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, numeral 1, inciso g); 293, numerales 1 y 2; 295, numeral 1, inciso a) y numeral 3, inciso c); 297, numeral 1, incisos b), d) y m); 308, numeral 1, incisos a) al h); y 331, numeral 6 de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; y 18; 19; 27, párrafo primero, fracciones I, IX, y XX; 32, 103, numeral 8; 112 y 113 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, se

ACUERDA:

1. Circulación de proyecto. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal, el proyecto de resolución elaborado en el presente asunto, así como el expediente en que se actúa para los efectos legales a que haya lugar; asimismo, se le ordena entregar copia del proyecto de resolución a las magistraturas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.

2. Convocatoria. Se solicita a la Magistrada Presidenta que, en el término de ley, convoque a Sesión Pública de Pleno para la resolución del expediente en que se actúa.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma el Magistrado en funciones Gabriel Humberto Sepúlveda Ramírez ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

16_Convoca PES-455/2024

Chihuahua, Chihuahua; a diecinueve de diciembre de dos mil veinticuatro.

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave PES-455/2024, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 18, 26, fracciones XIV y XIX del Reglamento Interior de este Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Convocatoria Sesión PúblicaSe convoca a sesión pública de Pleno que habrá de celebrarse a las trece horas del viernesveinte de diciembre del presente año, para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a la integración del Pleno de este Tribunal.

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante en la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez. DOY FE.

formulado con motivo

promovido por XXXXX, en su carácter de ciudadana mexicana, en contra de Fernando Alonso Armijo Lozoya, Dulce Rubí Cazares Avena, del propietario de la página de la red social Facebook de nombre “Código Rojo NCG” y/o quien resulte responsable por la presunta comisión de conductas que pudieran ser constitutivas de violencia política contra las mujeres en razón de género