Chihuahua, Chihuahua; seis de diciembre de dos mil veinticuatro.
Vista la cuenta y constancia que remite la Secretaria General Provisional a la Magistrada Presidenta de este Tribunal, de las que, se advierte el Informe Circunstanciado, signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua; formulado con motivo del Procedimiento Especial Sancionador de clave IEE-PES-271/2024, promovido por Guadalupe Nuñez Marrufo, en su carácter de representante propietaria del Partido Revolucionario Institucional ante la Asamblea Municipal de Nuevo Casas Grandes, en contra de Iván Orlando Fierro Garcia, Garla Bibiana López Cota, Adrián Martínez Martínez, Shaila Esmeralda Ontiveros García, Marco Antonio López Peña, Marco Antonio Pérez Talavera, Lidia lliana Domínguez Ríos y Diana Karina Ornelas Lozoya, en su carácter de otrora candidatos para integrar el ayuntamiento del municipio de Nuevo Casas Grandes por el Partido Verde Ecologista de México, así como en contra de mismo partido en Nuevo Casas Grandes, (Comité Directivo Municipal del Partido Verde Ecologista de México) por la presunta comisión de conductas que pudieran constituir la realización de conductas que pudieran constituir la presunta difusión de propaganda política electoral en periodo prohibido y por culpa in vigilando respecto del partido; con fundamento en los artículos 295, numeral 1), inciso a), y 299, numeral 2), inciso u) de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua, 97 y 102 del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, así como el punto PRIMERO de los Lineamientos para el trámite interno que se debe seguir para la sustanciación del procedimiento especial sancionador, se
ACUERDA:
PRIMERO. Fórmese y Regístrese. Fórmese expediente y regístrese con la clave PES-573/2024 en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.
SEGUNDO. Previo a turnar el expediente para la revisión y resolución del mismo al Magistrado Hugo Molina Martínez, remítanse a la Secretaría General los autos del procedimiento especial sancionador en que se actúa, a fin de que se verifique la correcta integración e instrucción del mismo.
TERCERO. Informe. Una vez realizada la verificación, dese cuenta de la misma mediante informe a la presidencia de este Tribunal, para los efectos legales a que haya lugar.
NOTIFÍQUESE conforme a los términos de ley.
Así lo acordó y firma la Magistrada Presidenta Socorro Roxana García Moreno, ante la Secretaria General Provisional Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.