Forma

Chihuahua, Chihuahua; veintitrés de junio de dos mil veinticinco.

 

La Secretaria General da cuenta al Magistrado Presidente con: a) los oficios de claves IEE-SE-643/2025 e IEEAD09-089/2025, correspondientes al aviso de interposición de medio de impugnación promovido por Luis Carlos Campos Meza, en su calidad de candidato a Juez de Primera Instancia en materia civil del Distrito Judicial Hidalgo dentro del Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado de Chihuahua 2024-2025, avisos remitidos por el Instituto y la Asamblea Distrital Hidalgo, respectivamente; y, b) los informes circunstanciados de claves IEEAD09-107/2025 y IEE-SE-698/2025, y anexos, que remiten las autoridades citadas. Con fundamento en los artículos 83, 88 y 119, fracciones I y III de la Ley Electoral Reglamentaria de los Artículos 99, 100, 101, 102 Y 103 de La Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua; así como, 40 fracción XI del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

ACUERDA:

PRIMERO. Recepción. Téngase por recibida la documentación descrita en la cuenta.

SEGUNDO. Forma y registra. Fórmese expediente y regístrese con la clave JIN-242/2025, en el Libro de Gobierno de este órgano jurisdiccional.

TERCERO. Turno. De conformidad con el acuerdo TEE/AGP07/2025 aprobado por el Pleno de este Tribunal Electoral, se turna el expediente al suscrito Magistrado, por lo que se instruye a la Secretaria General que remita el mismo a mi Ponencia.

CUARTO. Apertura de tomos del expediente. Para el mejor manejo de las actuaciones, se ordena a la Secretaria General de este Tribunal que proceda a la apertura de los tomos del expediente en que se actúa, conforme sea necesario, según se requiera atendiendo al volumen de las constancias que en su oportunidad se reciban.

 

NOTIFÍQUESE conforme a Derecho corresponda.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE. 

Glosa

VISTOS:

 

  1. La constancia de recepción emitida por la Oficialía de partes de este Tribunal, de clave 2336-2025, a través de la cual se hizo constar que en fecha quince de julio se recibió en las instalaciones de este Órgano jurisdiccional, el oficio de clave IEE-E-1072/2025, signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral, por el que remite información en cumplimiento al requerimiento efectuado mediante acuerdo de fecha catorce de julio;
  • La constancia de recepción emitida por la Oficialía de partes de este Tribunal, de clave 2344-2025, a través de la cual se hizo constar que en fecha dieciséis de julio se recibió en las instalaciones de este Órgano jurisdiccional, el oficio de clave IEE-SE1080/2025, signado por Arturo Muñoz Aguirre, Secretario Ejecutivo del Instituto Estatal Electoral, por el que remite documentación en copia certificada, en cumplimiento al requerimiento efectuado mediante acuerdo de fecha quince de julio; y

 

  1. Las cuentas emitidas por la Secretaría General de este Tribunal de fecha dieciséis de julio, mediante las cuales hace del conocimiento de la Presidencia la documentación descrita en las constancias señaladas en los incisos a) y b) del presente acuerdo, para los efectos legales que haya lugar.

 

Con fundamento en los artículos 119 y 121 de la Ley Electoral Reglamentaria;2 330, numeral 1, y 331 de la Ley Electoral del Estado, y 31, párrafo primero, fracción I del Reglamento Interior del Tribunal Estatal Electoral, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Glosa. Agréguese a los autos, la documentación de cuenta para los efectos legales conducentes.

 

 

1 En lo subsecuente, todas las fechas corresponden al año dos mil veinticinco, salvo mención en contrario. 2 Ley Electoral Reglamentaria de los artículos 99, 100, 101, 102 y 103 de la Constitución para Elegir Personas Juzgadoras del Estado de Chihuahua.

 

SEGUNDO. Requerimiento a la Asamblea Distrital Hidalgo. Por ser necesario para la resolución del presente asunto, se requiere a la Asamblea Distrital Hidalgo del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, a efecto de que en el plazo de veinticuatro horas contadas a partir de la notificación del presente, envíe a este órgano jurisdiccional en original, copia certificada o en su caso, constancia de inexistencia de los documentos señalados a continuación:

 

  • Recibos de entrega de los paquetes electorales del Centro de Recepción y Traslado a la Asamblea Distrital, de las casillas seccionales siguientes:

 

Casillas Básicas – Distrito Hidalgo
102 103 104 105 106 107 108
109 110 111 112 113 114 115

 

 

TERCERO. Diligencias para mejor proveer. En virtud de que en el expediente de clave JIN-266/2025, se cuenta con documentación que resulta necesaria para la correcta integración del expediente citado al rubro, se instruye a la Secretaría General, a efecto de que se agregue al expediente en que se actúa, copia certificada del documento denominado

“RELACIÓN DE PAQUETES ELECTORALES RECIBIDOS EN EL CENTRO DE RECEPCIÓN Y TRASLADO FIJO” [1].

 

NOTIFÍQUESE por oficio al Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, para que en auxilio a las labores de este Tribunal, notifique a la Asamblea Distrital Hidalgo, para los efectos señalados en el apartado SEGUNDO del presente acuerdo.

 

Así lo acordó y firma, el Magistrado Instructor Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General, Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Circulación de incidente de recuento

Chihuahua, Chihuahua, a veintiséis de julio de dos mil veinticinco.

VISTO: El estado procesal que guardan los autos del expediente en que se actúa y con

fundamento en los artículos 36, párrafo tercero y 37 de la Constitución Política del Estado de

Chihuahua; 3, 7, fracción II, 29, 82, 83, fracción II, 84, 88, 89, 90, 91, 92, 99, 100, 101 y 105

de la Ley Electoral Reglamentaria de los artículos 99, 100, 101, 102 y 103 de la Constitución

para elegir personas juzgadoras del Estado de Chihuahua;1 así como 15, 16, 20, 30, 31, 40

y 161 del Reglamento Interior del Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Radicación de incidente. En virtud de que en el presente asunto la parte actora

realiza una solicitud de recuento parcial, se radica en el expediente en que se actúa

incidente de recuento, a efecto de determinar la procedencia del mismo, de conformidad con

lo dispuesto en los artículos 143 y 146 de la Ley Electoral Reglamentaria.

SEGUNDO. Circulación de incidente de recuento. Remítase a la Secretaría General de

este Tribunal el proyecto de acuerdo plenario relativo al incidente aperturado dentro de los

autos del expediente en que se actúa; así mismo, se le ordena entregar copia del referido

proyecto a las Magistradas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su

estudio, con excepción de quien realiza la propuesta.

TERCERO. Convocatoria a Sesión Privada. Convóquese en términos de Ley, a Sesión

privada de Pleno para analizar, discutir y, en su caso, resolver lo que corresponda en el

presente incidente.

NOTIFÍQUESE por estrados a las personas interesadas.

Así lo acordó y firma, el Magistrado Instructor Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria

General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Circulación de Proyecto Incidente Innominado

Chihuahua, Chihuahua, a veintisiete de julio de dos mil veinticinco.

VISTO: El estado procesal que guardan los autos del expediente en que se actúa y con fundamento en los artículos 36,

párrafo tercero y 37 de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 3, 7, fracción II, 29, 82, 83, fracción II, 84, 88, 89,

90, 91, 92, 99, 100, 101 y 105 de la Ley Electoral Reglamentaria de los artículos 99, 100, 101, 102 y 103 de la Constitución

para elegir personas juzgadoras del Estado de Chihuahua;1 así como 15, 16, 20, 30, 31, 40 y 161 del Reglamento Interior

del Tribunal, se

ACUERDA:

PRIMERO. Radicación de incidente. En virtud de que en el presente asunto la parte actora realiza una solicitud de

incidente innominado de apertura de paquetes electorales, se radica en el expediente en que se actúa incidente de

recuento, a efecto de determinar la procedencia del mismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 143 y 146 de

la Ley Electoral Reglamentaria.

SEGUNDO. Circulación de incidente. Remítase a la Secretaría General de este Tribunal el proyecto de acuerdo plenario

relativo al incidente aperturado dentro de los autos del expediente en que se actúa; así mismo, se le ordena entregar copia

del referido proyecto a las Magistradas que integran el Pleno de este órgano jurisdiccional para su estudio, con excepción

de quien realiza la propuesta.

TERCERO. Convocatoria a Sesión Privada. Convóquese en términos de Ley, a Sesión privada de Pleno para analizar,

discutir y, en su caso, resolver lo que corresponda en el presente incidente.

NOTIFÍQUESE por estrados a las personas interesadas.

Así lo acordó y firma, el Magistrado Instructor Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Nohemí Gómez

Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Convocatoria Sesión Privada

Chihuahua, Chihuahua; a veintiocho de julio de dos mil veinticinco.

                   

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JIN-242/2025, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 16, 18, fracciones I y II del Reglamento Interior de este Tribunal, se

 ACUERDA:

 PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a Sesión Privada de Pleno que habrá de celebrarse a las catorce horas con treinta minutos del lunes veintiocho de julio de la presente anualidad para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto, relativo al incidente innominado de paquetes electorales.

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a los magistrados que integran este Tribunal. 

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Convocatoria Sesión Privada

Chihuahua, Chihuahua; a veintiocho de julio de dos mil veinticinco.

                   

Visto el estado que guardan los autos del expediente identificado bajo la clave JIN-242/2025, con fundamento en los artículos 299, numeral 2, inciso u), de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua; 16, 18, fracciones I y II del Reglamento

Interior de este Tribunal, se

 

ACUERDA:

 

PRIMERO. Convocatoria. Se convoca a Sesión Privada de Pleno que habrá de celebrarse a las catorce horas con treinta minutos del lunes veintiocho de julio de la presente anualidad para analizar, discutir y en su caso resolver lo que corresponda en el presente asunto, relativo al incidente de recuento parcial.

 

SEGUNDO. Se ordena a la Secretaría General hacer entrega mediante oficio de la convocatoria con el orden del día correspondiente a los magistrados que integran este Tribunal. 

 

NOTIFÍQUESE en términos de ley.

 

Así lo acordó y firma el Magistrado Presidente Hugo Molina Martínez, ante la Secretaria General Nohemí Gómez Gutiérrez, con quien actúa y da fe. DOY FE.

Motivación

formulado con motivo de la interposición del medio de impugnación, dentro del Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado De Chihuahua 2024-2025